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03 de September del 2026 a las 19:02 -
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Condenaron a los dos detenidos en boca de venta de drogas de calle Iris de López Crespo en Dolores
Un doloreño a 12 meses de prisión y un montevideano a 2 años y 2 meses de penitenciaría, además de suministro de estupefacientes, robo de motos
Un doloreño a 12 meses de prisión y un montevideano a 2 años y 2 meses de penitenciaría, además de suministro de estupefacientes, robo de motos

En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Dolores, a cargo de su titular el Juez Dr. Dany Atahides, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado, solicitada por la Fiscalía Departamental de Dolores representada por su titular la Fiscal Dra. Carla Murchio, en la investigación que les seguía a Pedro Ricardo Viera Casanova y Santiago Nicolás Larrosa Larrosa, por actuaciones vinculadas a hurtos de motos y funcionamiento de boca de venta de estupefaciente en calle Iris de López Crespo, siendo asesorados letradamente los imputados por el Dr. Nelson Coitiño, integrante del equipo de la Defensoría Pública.
Recordamos que las actuaciones están vinculadas a procedimiento llevado adelante por la Brigada Departamental Antidrogas con el apoyo del Area de Investigaciones de Zona II y el Grupo de Reserva Táctica en Dolores, más precisamente en finca de la calle Iris de López Crespo, donde se intervino una boca de venta de estupefacientes, allí se efectuó allanamiento donde se incautó piedra de color ocre cuyo reactivo dio positivo a cocaína en alguna de sus formas, estableciéndose que se trataba de pasta base, con un peso estimado en algo más de 150 gramos y también dinero.
En la oportunidad fueron detenidas tres personas, de las cuales una tras prestar declaraciones quedó en libertad, permaneciendo detenidas las dos restantes, tratándose del doloreño Viera Casanova y del montevideano Larrosa Larrosa.
Continuando con las actuaciones la BDA en conjunto con la Fiscalía reunieron las evidencias y pruebas necesarias para solicitar la formalización de la investigación y ofrecer a la vez el transitar el proceso abreviado, para lo cual se brindó a la Defensa el acceso a la carpeta investigativa donde pudo apreciar la prueba existente, y los imputados aceptaron el relato realizado en sala por la Fiscalía, así como haber efectuado el acuerdo en forma libre y voluntaria, al igual que la pena recibida.
Habiéndose revisado por parte del Dr. Atahides que se cumplieran todos los requisitos que establece la ley, el Juez procedió a dictar sentencia dando lectura a la parte central del fallo por el cual se condena a Pedro Ricardo Viera Casanova como cómplica penalmente responsable de un delito continuado previsto en el art. 34 de la Ley 14.294 en la modalidad de suministro oneroso de sustancia estupefaciente en reiteración real con tres delitos de hurto, dos de ellos especialmente agravados en este caso en calidad de autor a la pena de 12 meses de prisión de cumplimiento efectivo y condenando a Santiago Nicolás Larrosa Larrosa como autor penalmente responsable de un delito continuado previsto en el art. 34 del decreto ley 14.294 en la modalidad de suministro oneroso de sustancias estupefacientes a la pena de 2 años y 2 meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo. 
 


 



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