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13 de June del 2026 a las 21:26 -
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Archivan la denuncia de Mutio contra la hoy Fiscal de Corte subrogante
La Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 3er. Turno, a cargo del fiscal Gilberto Rodríguez Olivar, fue la que reanalizó el caso
La Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 3er. Turno, a cargo del fiscal Gilberto Rodríguez Olivar, fue la que reanalizó el caso

La Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 3er. Turno, a cargo del fiscal Gilberto Rodríguez Olivar, archivó la ampliación de la denuncia presentada por Martín Mutio, en la que sostenía que hubo falso testimonio en las declaraciones de funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas y de la Prefectura Nacional Naval, y abuso de funciones por parte de la entonces Fiscal de Estupefacientes interviniente, hoy Fiscal de Corte Subrogante, Dra. Mónica Ferrero, durante el proceso seguido en su contra y en el que resultó condenado en segunda instancia, y confirmado en casación, por los delitos de exportación de sustancias estupefacientes y lavado de activos.

La primera de las denuncias había sido presentada en abril de 2025, sobre la base fáctica de ocultación de hechos y documentos por parte del equipo interdisciplinario que realizó la investigación. 
Esta denuncia fue analizada oportunamente y archivada por la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 3er. Turno y, en vía de revisión, por la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 2do. Turno, por entender que se presentaba una duplicación de motivos y argumentos que ya habían sido considerados y desestimados durante el desarrollo del juicio contra Mutio. 
Se sostuvo además que, en su momento, la defensa “debió formular las denuncias correspondientes”.

Esta nueva ampliación de la denuncia, presentada en mayo de 2026 pretendió, mediante la incorporación de supuestos hechos y medios de prueba nuevos, justificar la reapertura de la investigación pero el Fiscal actuante entendió que no se verificaban los presupuestos que dispone el artículo 99 del Código del Proceso Penal para operar dicha apertura, ya que no se trataba de nuevos hechos o de nuevos medios de prueba.

Además, por la naturaleza de las evidencias que ofreció la defensa, no sería posible acreditar los elementos constitutivos de los tipos penales que esta pretende atribuir a los denunciados, ya que no aporta en lo absoluto información sobre hechos vinculados a tales tipificaciones, como asociación para delinquir, delito de fraude y o delito de falso testimonio.

Si la pretensión de la defensa fue reanalizar los elementos por los que se condenó a su defendido, esto se debió canalizar a través de un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia.

Fuente: Fiscalía General de la Nación


 



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