
El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
| Moneda | Compra | Venta |
![]() |
38.05 | 41.05 |
![]() |
0.05 | 0.35 |
![]() |
7.23 | 9.23 |
![]() |
40.54 | 45.39 |

Una investigación llevada adelante por personal policial permitió esclarecer un hurto ocurrido en Escuela de la ciudad de Cardona.
Las actuaciones culminaron con la formalización y condena de un hombre de 42 años por delitos de hurto especialmente agravado con daño y violación de domicilio.
El 10 de diciembre de 2025, próximo a la hora 1:45, mediante comunicación al servicio de emergencias 911, personal policial tomó conocimiento de un hurto en la Escuela, ubicada en la intersección de calles Rogelio Sosa y boulevard Cardona, jurisdicción de Seccional Undécima de la ciudad de Cardona.
Al lugar concurrió personal policial, entrevistándose con la directora del centro educativo, una mujer de 50 años, quien manifestó que personas desconocidas habrían ingresado al local mediante daños en una ventana, constatándose el hurto de una alcancía metálica que contenía $ 150.
El perjuicio total fue estimado en $ 2.000.
En la escena trabajó personal de Policía Científica, realizando las actuaciones correspondientes.
Posteriormente, la denuncia fue derivada al Área de Investigaciones de Zona Operacional III, que continuó con las actuaciones correspondientes en procura del esclarecimiento del hecho.
En el marco de las actuaciones y en cumplimiento de un decreto judicial, personal policial que realizaba recorridas por la ciudad de Cardona avistó al indagado en calle Treinta y Tres casi Lavalleja, procediendo a su detención y posterior conducción a sede fiscal.
Finalizada la instancia judicial, el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno dispuso la formalizació? y condena por proceso abreviado de Federico Ismael González Castillo de 42 años, como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de daño agravado y un delito de violación de domicilio, todos en régimen de reiteración real, imponiéndole una pena de 20 meses, la cual fue sustituida por un régimen de libertad a prueba.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.
































