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Cambio en el ajuste de la BPC y su impacto en el IRPF
Análisis del Instituto Cuesta Duarte
Análisis del Instituto Cuesta Duarte

El Poder Ejecutivo resolvió ajustar la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por inflación más un 20%, modificando el criterio aplicado en el período anterior. La economista Alejandra Picco, del Instituto Cuesta Duarte del PIT-CNT, explicó cómo incide esta decisión en las franjas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y quiénes verán cambios en lo que pagan.

El gobierno de Yamandú Orsi resolvió ajustar la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por inflación, tomando como referencia el Índice de Precios al Consumo (IPC), y adicionando un 20% según lo previsto en el artículo 3° de la Ley N.º 17.856 de creación de las BPC. La decisión implica un cambio respecto al criterio aplicado durante la administración anterior, que había utilizado el Índice Medio de Salarios (IMS), y tiene impacto directo en las franjas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

La economista Alejandra Picco, coordinadora técnica del Instituto Cuesta Duarte del PIT-CNT, explicó al Portal de la central sindical que si bien el decreto vigente otorga “discrecionalidad” al Poder Ejecutivo para definir el indicador de ajuste -ya sea IPC, IMS o incluso variaciones intermedias-, desde el movimiento sindical se considera que “el criterio más adecuado es el ajuste por costo de vida”.

“La BPC es la que fija las franjas y luego las tasas por las cuales se aporta el IRPF, y entendemos que debería ajustarse en línea con el costo de vida, es decir, con la inflación o el IPC”, señaló Picco. Ese fue, recordó, el criterio aplicado desde la creación de la BPC en 2004 y durante todos los gobiernos del Frente Amplio. En el período pasado (durante la administración del presidente Luis Lacalle Pou) en cambio, se optó por el ajuste por Índice Medio de Salarios, una posibilidad que habilita la norma, pero que desde el punto de vista técnico no resulta la más adecuada.

Con el ajuste actual -IPC más un 20%-“las franjas impositivas crecen por encima de la inflación”. Según explicó Picco, esto tiene “efectos diferenciados” sobre los trabajadores. Aquellos cuyos salarios permanecieron constantes o se ajustaron únicamente por inflación “van a pagar un poquito menos de IRPF que antes, en el caso de que ya tributaran”, ya que las franjas se amplían en mayor proporción que sus ingresos.

 

(*) extraído de https://www.pitcnt.uy/

En cambio, quienes tuvieron un crecimiento de salario real -es decir, aumentos superiores a la inflación- van a aportar algo más. “Los trabajadores que tuvieron incrementos de salario real van a tener que pagar un poquito más, porque el ajuste de las franjas fue menor al que se hubiera dado si se utilizaba el Índice Medio de Salarios”, explicó.

Para Picco, este mecanismo responde al espíritu original del IRPF, un impuesto progresivo que busca que pague más quien gana más. “No es que pague más quien tiene más, sino quien gana más. Tiene tasas progresionales y un mínimo no imponible, aunque con el tiempo ha tenido algunas perforaciones”, señaló. Aun así, sostuvo que se trata de un impuesto válido desde el punto de vista distributivo.

Desde el PIT-CNT se entiende que el ajuste por inflación es “neutro impositivamente”, ya que permite que las franjas crezcan en la misma línea que el poder de compra de los salarios. “Lo deseable sería que no hubiera discrecionalidad del Poder Ejecutivo y que el ajuste fuera siempre por inflación, de modo que las franjas impositivas acompañen el costo de vida del país”, afirmó la economista.

En síntesis, el cambio impactará en todos los trabajadores que ya pagan IRPF y que tuvieron crecimiento de salario real, aunque el efecto será acotado. “En el caso de un trabajador de ingresos medios-altos, lo que va a terminar pagando de más es muy en el margen”, puntualizó Picco.



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