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26 de November del 2013 a las 20:20 -
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Intendentes no tratarán Ley de Tránsito
Los Directores  de Tránsito redactaron un borrador  indicando que algunos de los artículos de la Ley son inaplicables en el interior del país. No obstante ello, este jueves el tema no será tratado por los Intendentes.
Los Directores de Tránsito redactaron un borrador indicando que algunos de los artículos de la Ley son inaplicables en el interior del país. No obstante ello, este jueves el tema no será tratado por los Intendentes.

El Congreso de Intendentes se reunirá el jueves venidero en su sede del Palacio Municipal de la Intendencia de Montevideo, en lo que se define como “una jornada de trabajo” en la que no se considerará la reglamentación de la Ley 19.061, de Tránsito y Seguridad Vial. El proyecto de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) es resistido en varios artículos por el Congreso de Intendentes, que han hecho estudiarlo y redactar un informe a los Directores de Tránsito. Varios Intendentes, tanto en el último plenario del Congreso, como en declaraciones públicas, han hecho hincapié en la urgencia de considerar el tema. No obstante, eso no ocurrirá el jueves. 

La agenda preliminar establece que la sesión se realizará entre las 14 y 18 horas, y buena parte de ella en régimen de Comisión General, es decir solamente con la presencia de los Intendentes (o sus representantes) y los funcionarios necesarios. Encabeza el temario la “Jornada sobre Relacionamiento entre segundo y tercer Nivel de Gobierno y las Leyes de Descentralización”. El Programa ART/PNUD Uruguay, que auspicia la actividad, ha participado junto al Congreso en la estructura de diálogos de concertación y articulación entre las Intendencias y los municipios. El programa además se desarrolla en conjunto con la Diputación de Barcelona (DIBA), cuyos técnicos precisamente serán los expositores principales. Posteriormente, en Comisión General, se expondrá sobre modificaciones a la Ley de Descentralización Política y Participación Ciudadana, la 18.567. Precisamente esta ley se refiere a instalación y actuación de los municipios, el tercer nivel de Gobierno.

Habrá un intercambio en plenario entre los intendentes, quienes a través de los gobiernos departamentales son los responsables de asignarles recursos, junto a los del  Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios del Presupuesto Nacional.

 

Claves de la ley de tránsito

-CHALECO. Uno de los capítulos de la Ley de Tránsito establece: "Será obligatorio para los conductores y acompañantes de motos, ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares, el uso permanente durante su circulación en la vía pública, de un chaleco o campera reflectiva".

 

-PRÓRROGA. La ley iba a ser implementada a partir del 6 de julio de este año. Pero esta norma fue prorrogada por 90 días, ya que los Intendentes señalaron que no tenían suficientes recursos para poder implementarla.

 

-SILLAS. La norma también se refiere a aspectos técnicos para la importación de las sillas transportadoras de niños en vehículos. Pocas son las marcas de autos que ya vienen de fábrica con ese accesorio, señalaron varios Intendentes.

 

-NIÑOS. La ley indica que "los niños de cero a 12 años estarán obligados a viajar en los asientos traseros de conformidad con los sistemas de sujeción y categorías establecidas en la reglamentación".

 

-ADOLESCENTES. Señala que los adolescentes de hasta 18 años, que midan menos de 1.50 metros de estatura, deberán viajar en el asiento trasero.

 

-PROHIBICIÓN. A su vez, los conductores de motos no podrán transportar niños ni adolescentes, de cualquier edad, que no alcancen los posa pies de dichos vehículos.

 

-EQUIPOS. Para circular en bicicleta, la misma deberá contar con equipamiento obligatorio de seguridad.

 

-BOCINAS. Según describe la ley, el equipo obligatorio consiste, entre otros elementos, en un sistema de freno delantero y trasero, espejos, timbre o bocina, y un sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca y un refractante del mismo color en la parte delantera, y un faro de luz roja y un refractante del mismo color, en parte trasera de la bicicleta. Los encargados de proveer este equipamiento en las bicis son quienes las comercializan en Uruguay.

 

-REFRACTARIOS. "Todas las bicicletas que se comercialicen deberán tener, al menos dos dispositivos retro reflectantes en cada una de sus ruedas y una banda de material retro reflectante en pedales".

 


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