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09 de October del 2025 a las 23:15 -
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Condenaron a los masculinos y la femenina detenidos tras operativo de control en Ruta 21 rumbo a Dolores, por suministro de estupefacientes y asistencia al narcotráfico, así como tenencia y porte de arma de fuego y municiones 
Uno de Montevideo, otro de Colonia y ella de Mercedes, las penas van de 4 años y 3 meses a 2 años y 1 mes de cárcel; operativo del GRT, la Brigada Antidrogas y Fiscalía de 2º Turno de Mercedes
Uno de Montevideo, otro de Colonia y ella de Mercedes, las penas van de 4 años y 3 meses a 2 años y 1 mes de cárcel; operativo del GRT, la Brigada Antidrogas y Fiscalía de 2º Turno de Mercedes

EXCLUSIVO. En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes, a cargo de su titular Jueza Dra. Ximena Menchaca, asistida por la receptora Natalia Turuani, se llevó a cabo audiencia solicitada por la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, representada por su titular Fiscal Dra. Luisa Vago, con la finalidad de realizarse el control de detención, formalización de la investigación y condena por proceso abreviado en el caso de los imputados Ezequiel Martín Ramos Sequeira 21 años (domiciliado en Montevideo) asistido por el abogado de particular confianza Dr. Angelo López, mientras Yasnahia Loreley Alvarez Komés de 39 años (domiciliada en Mercedes) y Jorge Damián Pérez Pino 44 años (domiciliado en Tarariras) asistidos por la letrada Dra. Alejandra Grisi integrante del equipo de la Defensoría Pública.
Realizado el control de detención informando la Fiscalía las acciones desplegadas y las Defensas dando su conformidad al respecto, la Jueza Dra. Menchaca procedió a decretar en legal forma la detención.

LOS HECHOS
La Fiscalía informó que con fecha de ayer, 8 de octubre de 2025, personal policial del GRT se encontraba realizando patrullaje en vía pública en barrio Esperanza de Mercedes, cuando avista en la hora 16.50 aproximadamente, el vehículo marca Suzuki, modelo Alto 800, matrícula LEA 6675 de color rojo, procediendo la autoridad policial al registro del mismo, lo que se da en Ruta 21 a la altura del km 353,500 con la actuación de la Brigada Departamental Antidrogas una vez que se detecta la presunta presencia de estupefacientes.
El mismo era conducido por el imputado Pérez y llevaba como acompañantes a los imputados Álvarez y Ramos. Al momento de descender del vehículo, el imputado Ramos se descarta un arma de fuego dejándola dentro del vehículo, lo cual es advertido en ese momento por los funcionarios policiales.
Al momento de practicarse la correspondiente identificación y registro en vía pública, se constata la presencia dentro del morral marca Nike, que llevaba consigo Ramos, de un envoltorio de sustancia blanca, la cual le arrojó un peso de 11,7 gramos, así como tres envoltorios tipo chasquis y la suma de 9.697 pesos uruguayos en billetes de baja denominación, y un arma de fuego tipo revolver marca Colt, con los signos de identificación suprimidos, con cinco cartuchos calibre 32 y un celular marca Iphone 11 de color blanco. 
Asimismo a la imputada Álvarez, se le incauta dentro de un monedero, adentro de uno de sus championes y de su pantalón del vaquero. Tres envoltorios envueltos en nylon transparente conteniendo sustancia blanca, piedra, cocaína, con un peso total de 76,7 gramos y un celular marca Xiaomi modelo Redmi A5 y la suma de pesos uruguayos 1.172 en billetes de baja denominación.
Analizado este último aparato celular, surge que los imputados se dirigían con esa droga a la ciudad de Dolores con el fin de suministrar la misma en aquella ciudad. 
Se practicaron las correspondientes pruebas de campo, dando positivo, a clorhidrato de cocaína. 
Asimismo, respecto al imputado Ramos, surge que él mismo había suministrado cocaína en la ciudad de Colonia, en una finca del asentamiento Las Malvinas, motivo por el cual el mismo contaba con una orden de detención a su respecto por parte de la justicia de aquella ciudad.

La Fiscalía comunicó que el imputado Ezequiel Martín Ramos Sequeira estaba siendo objeto de investigación preliminar por la presunta autoría de un delito de suministro de sustancia estupefaciente en régimen de reiteración real con un delito de tenencia de arma de fuego y municiones no autorizadas. Este último en concurso formal con un delito de porte de arma de fuego con signo de identificación suprimido. Un delito de porte de arma de fuego en lugar público y un delito de tráfico interno de armas de fuego. 
Yanahia Loreley Álvarez Kómes estaba siendo objeto de investigación preliminar por la supuesta autoría de un delito de suministro de sustancia estupefaciente. 
Y Jorge Damián Pérez Pino que estaba siendo investigado por la presunta autoría de un delito de asistencia al narcotráfico.

En base a ello solicitó la formalización de la investigación en los tres casos por los delitos mencionados, a lo que las Defensas no se opusieron, adelantando en el caso de la Dra. Grisi que se había llegado a un acuerdo para transitar el proceso abreviado, por lo que la Dra. Ximena Menchaca procedió a formalizar la investigación.

PROCESO ABREVIADO, ACUSACIÓN Y CONDENA
La Fiscalía, de conformidad con los imputados y sus defensas, acordó un proceso abreviado, por lo que se pasó a deducir la correspondiente acusación. En cuanto a los hechos y a la prueba, se reiteró lo de la audiencia de formalización de investigación.
Tras deducir acusación, la Dra. Luisa Vago solicitó a la Jueza, en base al acuerdo arribado, se condena al imputado Ezequiel Martín Ramos Sequeira, como autor penalmente responsable de un delito de suministro de sustancias estupefacientes, en régimen de reiteración real, con un delito de tenencia de arma de fuego y municiones no autorizadas, en concurso formal con un delito de porte de arma de fuego con signo de identificación suprimido, un delito de porte de arma de fuego en lugar público, y un delito de tráfico interno de arma de fuego, a la pena de cuatro años y tres meses de penitenciaría, de cumplimiento efectivo.
Asimismo, solicita, se condene a Yasnahia Loreley Álvarez Komés, como autora penalmente responsable de un delito de suministro de sustancias estupefacientes, de acuerdo al artículo 34 del decreto ley 14.294, en redacción dada por la 19.889, a la pena de tres años y dos meses de penitenciaría.
Por último, se solicita, condene a Jorge Damián Pérez Pino, como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico, a la pena de dos años y un mes de penitenciaría. 

Asimismo, se solicita, se disponga el decomiso y destrucción de la sustancia incautada y su remisión a ITF. Se disponga el decomiso y remisión a la Junta Nacional de Drogas de los teléfonos celulares incautados.
Se solicita, asimismo, el decomiso y la remisión del arma y municiones incautadas al SMA para su posterior destrucción. Y se disponga, asimismo, la incautación definitiva del dinero, así como el del vehículo marca Suzuki, modelo Alto 800, matrícula LEA 6675, de color rojo. Su decomiso y su remisión a la Junta Nacional de Drogas.
Así como se disponga la inscripción del decomiso del vehículo en el registro respectivo y se notifica el propietario del tercero. 

Se le cede la palabra a la defensa del Dr. Angelo López quien de acuerdo a lo conversado y lo negociado con el Ministerio Público, es acorde a lo informado por la doctora Vago, así que no hay objeciones para realizar. 
Se le cede la palabra a la Dra. Alejandra Grisi respecto a la acusación, quien señaló estuve conversando con mis defendidos y viendo lo que surgía en la carpeta y la posibilidad de concurrir por la ley a un juicio o aceptar ese acuerdo en estos términos, resolvimos aceptar, cada uno de ellos resolvió aceptar el acuerdo que acaba de darse cuenta.

La Jueza Dra. Menchaca consultó a cada uno de los imputados si mantuvo entrevista con su abogado y entendieron el proceso abreviado, a lo que respondieron que sí los tres.

Tras verificar que se cumplían con los requisitos que exige la ley, la Jueza Dra. Ximena Menchaca dictó sentencia, dando lectura a la parte medular de su fallo condenando a Sergio Martín Ramos Sequeira como autor penalmente responsable del delito de suministro de sustancias estupefacientes en régimen de reiteración real con delito de tenencia de arma de fuego y municiones no autorizadas, en concurso formal con un delito de porte de arma de fuego, con signo de identificación suprimido, un delito de porte de arma de fuego en lugar público y delito de tráfico interno de arma de fuego, a la pena de cuatro años y tres meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo. 
Condenando a Yasnahia Loreley Álvarez Komés como autora penalmente responsable de un delito de suministro de sustancias estupefacientes a la pena de tres años y dos meses de penitenciaría.
Y condenando a Jorge Damián Pérez Pino como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años y un mes de penitenciaría de cumplimiento efectivo. 

A su vez dispuso el decomiso de todo lo mencionado anteriormente en el pedido de Fiscalía tras el acuerdo arribado.

Dos de los imputados en el caso de Pérez Pino y Ramos Sequeira sus Defensas solicitaron (algo que no es competencia de la Jueza, como les aclaró, sino del INR, poder cumplir la reclusión en la Unidad de Piedra de los Indios en Colonia por mayor cercanía con los familiares, en el caso de Ramos Sequeira tiene un hermano recluido alli)



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