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06 de October del 2025 a las 23:59 -
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La Corte Electoral resolvió no suspender la ciudadanía del intendente de Soriano
Este lunes, la Corte Electoral decidió por mayoría mantener la ciudadanía del intendente de Soriano, Guillermo Besozzi. La resolución se adoptó tras una votación dividida, con cinco votos a favor y cuatro en contra, en el marco de un análisis constitucional sobre su situación judicial.
Este lunes, la Corte Electoral decidió por mayoría mantener la ciudadanía del intendente de Soriano, Guillermo Besozzi. La resolución se adoptó tras una votación dividida, con cinco votos a favor y cuatro en contra, en el marco de un análisis constitucional sobre su situación judicial.

La comisión estuvo integrada por los ministros José Garchitorena (Partido Colorado), Arturo Silvera, Ana Lía Piñeyrúa (Partido Nacional), José Korzeniak y Alberto Castelar (Frente Amplio).

Besozzi fue imputado en marzo por la fiscal Stella Alciaturi por siete delitos: reiterados delitos de peculado, tráfico de influencias, concusión, omisión de denuncia como funcionario público, cohecho simple continuado, abuso de funciones y coautoría en un delito de cohecho calificado en régimen de reiteración real.

En la reunión de este lunes la Corte Electoral por mayoría, con el voto de cinco de los nueve ministros, decidió no suspenderle la ciudadanía al intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, luego del análisis de los dos informes que se presentaron.

En diálogo con @gesor José Garchitorena se refirió a esta resolución, comentando que el archivo se resolvió en el entendido “que no corresponde la inhabilitación. Esta decisión, de alguna manera, ratifica lo que ha venido siendo la posición tradicional de la Corte, yo diría en los últimos 100 años; en el sentido de que no corresponde la inhabilitación en estos casos”. Puntualizando “corresponde la inhabilitación en estos casos solo cuando hay comunicación del Poder Judicial, cuando los delitos imputados a la persona procesada o ahora formalizada son de estos que tienen pena mínima de pendenciaría y cuando la persona está privada de libertad. Si no se dan estos requisitos, o algunos requisitos, no procede la inhabilitación y básicamente ese fue el fundamento de la decisión de la Corte de hoy”.


 

¿La Corte Electoral debe comunicar esta determinación al Poder Judicial y también a la Intendencia? ¿Cuál es el trámite que sigue ahora?

-”No. Si la Corte hubiese decidido la inhabilitación, ahí sí hubiese correspondido comunicar al Poder Judicial para ponerlo en conocimiento directamente a la Intendencia Departamental de Soriano. Pero como no se procede la inhabilitación, la Corte no va a estar en comunicación alguna. Por lo tanto Besozzi mantiene su habilitación y por consiguiente podrá seguir ejerciendo su cargo”.


 

Ya en el terreno político. En los días previos se habló de que se trataba de una medida inusual, este pedido de la Justicia. ¿Llamó la atención este pedido o está dentro de lo que se podía esperar?

-”No me corresponde hacer evaluaciones políticas. Es importante aclarar que la discusión, el debate que se dio en la Corte Electoral a propósito del tema fue estrictamente jurídico. Por interpretación de las normas, de vigencia de las normas. Para nada ingresamos en consideraciones de tipo político que no le corresponde a la Corte Electoral.

Este tipo de decisiones se aplica a la Corte todas las semanas, todos los días se está recibiendo oficios del Poder Judicial comunicando situación procesal de diferentes personas, y en función de los criterios que tiene la Corte procede a inhabilitar o procede a rehabilitar cuando la persona ha cesado las circunstancias que llevaron a la suspensión de su ciudadanía. Esto es una tarea habitual. En este caso, obviamente, siendo una persona pública notoria, tuvo una difusión pública distinta, pero no cambia la consideración de fondo del tema.

El Poder Judicial, a través de la acordada de la Suprema Corte de Justicia, ha tenido diferentes criterios sobre cuándo corresponde comunicar a la Corte Electoral, y a veces también lo que uno percibe es que no todos los jueces se atienen a lo que establece la acordada de la Suprema Corte de Justicia, o la interpretan de una manera tal que lleva a la no comunicación de algunas resoluciones judiciales, porque de hecho hay casos notorios que no han llegado a las comunicaciones en la Corte Electoral, y como digo, es uno de los requisitos para que la Corte Electoral se pronuncie sobre el tema, recibir formalmente la comunicación del Poder Judicial”.


 



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