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Con el objetivo de proteger la salud de la población infantil y adolescente que asiste a establecimientos educativos públicos y privados, el Parlamento aprobóla Ley19.140 que promueve hábitos alimenticios saludables. Salud Pública hará un listado de alimentos y bebidas nutritivamente adecuadas para la venta en los locales educativos y promoverá el consumo de agua potable y la realización de actividades físicas.
La Leyaprobada dicta normas para la promoción de hábitos alimenticios en la población infantil y adolescente que concurre a diversos establecimientos educativos escolares y liceales, públicos y privados.
La principal motivación se basa en la necesidad gubernamental de contribuir en la prevención del sobrepeso y la obesidad, hipertensión arterial y enfermedades crónicas no transmisibles vinculadas al escaso consumo de alimentos saludables de los jóvenes uruguayos. En este sentido se promueve la venta de alimentos y bebidas nutritivamente adecuados en las cantinas y quioscos que se encuentren dentro de los locales educativos, incluyendo la incorporación de alimentos y bebidas para celíacos y diabéticos.
El Ministerio de Salud Pública confeccionará un listado de los grupos de alimentos y bebidas adecuados que contará con información destinada a la población de los centros educativos en forma general (alumnos, docentes, funcionarios no docentes y padres) haciendo, a la vez, recomendaciones saludables, estimulando el consumo de agua potable y la realización de actividades físicas.
Se prohibirá la publicidad de todos los alimentos y bebidas que no estén contenidos en este listado; tampoco se permitirán, dentro de los locales escolares, saleros u otros recipientes que contengan sal para evitar que los alumnos se la agreguen a sus alimentos previamente preparados.
A continuación formato PDF puede leerse el texto completo dela Ley
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