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15 de February del 2025 a las 17:22 -
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Los dos montevideanos que venían a ocupar el lugar de gente condenada en  operativo reciente en el barrio Suroeste, fueron condenados por suministro de estupefacientes, tráfico y porte de armas en lugares
No llegaron a instalarse en las bocas ubicadas frente a la capilla y canchita en el barrio Suroeste, por acción rápida de la Brigada Departamental Antidrogas, ahora deberán cumplir 3 años y 4 meses de cárcel, 
No llegaron a instalarse en las bocas ubicadas frente a la capilla y canchita en el barrio Suroeste, por acción rápida de la Brigada Departamental Antidrogas, ahora deberán cumplir 3 años y 4 meses de cárcel, 

Como adelantara @gesor en la víspera, la Brigada Departamental Antidrogas de Soriano llevó a cabo un operativo en la ciudad de Dolores, que resultó en la detención de dos personas durante un control policial en la vía pública, cuando caminaban por la zona céntrica. 
La intervención se realizó tras obtener información sobre la posible presencia de individuos ajenos a la localidad, vinculados a la comercialización de sustancias ilícitas.
Durante el procedimiento, se efectuó una inspección de sus pertenencias, encontrándose en poder de uno de ellos un arma de fuego calibre 9 milímetros, con tres cartuchos, mientras que en la mochila del otro se hallaron dos envoltorios y un chasqui con aproximadamente 97 gramos de pasta base de cocaína, además de una pequeña cantidad de cogoyos de cannabis. También se les incautó una suma de $ 6.440.
Ambos individuos, de 19 y 20 años, fueron detenidos en el lugar y trasladados a la dependencia policial, donde quedaron a disposición de la Fiscalía. La intervención fue documentada mediante cámaras corporales y se continúa con la investigación para determinar el origen de los elementos incautados y su posible vinculación con actividades ilícitas en la zona.
Cabe señalar que en el procedimiento, la Brigada Departamental Antidrogas contó con el apoyo de personal de la Seccional 5ª y del Area de Investigaciones.
Según pudo saber @gesor, se trata de dos masculinos que recientemente habían arribado desde Montevideo y los investigadores tienen el pleno convencimiento que ante el operativo realizado por la Brigada Departamental Antidrogas por el que van condenadas 11 personas, 7 mayores y 4 menores, con la intervención de al menos tres bocas de venta de drogas en el barrio Suroeste (ex Manguera Pinchada) y una chacra en los ejidos de Dolores, estos dos montevideanos venían a ocupar el lugar que dejó en una de las bocas Nacer Alza y sus dos hijos, los tres condenados ella con cárcel y los menores al INISA.
Las fincas que son dos (en uno de los casos con varias piezas) frente a la capilla y a la canchita de la capilla en el barrio Suroeste (exManguera Pinchada) han sido intervenidas en reiteradas oportunidades por la Brigada Departamental Antidrogas con múltiples condenados a lo largo del tiempo y sin embargo siguen funcionando, porque desde Montevideo siempre están enviando gente para retomar el negocio que en Dolores parece ser muy redituable, en especial el de pasta base, ya se han detenido en otras ocasiones a ciudadanos montevideanos que han venido tras la condena de personas que estaban vendiendo y fueron enviadas a la cárcel y ahora se volvía a dar lo mismo, pero la BDA actuó antes que se instalaran.
Por lo general envían a gente joven, sin antecedentes, para no despertar sospechas.
En este caso con las evidencias reunidas por la BDA, la Fiscalía Departamental de Dolores, a cargo de la Fiscal Dra. Dahiana Padilla, solitió audiencia al Juzgado de Primera Instancia, de Primer Turno, a cargo de su titular Juez Dr. Dany Atahides, para formalizar la investigación, dar cuenta de los hechos e informar que se había llegado a un acuerdo con la Defensa de particular confianza de los imputados y éstos, para transitar el proceso abreviado, verificando el Magistrado que se cumplieran todos los requisitos, procedió a dictar sentencia, dando lectura a la parte medular del fallo.
En él establece se condene a Thiago Nahuel Crisman y Omar Ezequiel Méndez Pintos como autores
penalmente responsables de la comisión de un delito previsto en el art. 34 de la Ley 14.294 en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes, agravado por tratarse la sustancia de pasta base de cocaína en reiteración real con un delito de tráfico de armas y porte de armas en lugares públicos, a la pena de 3 años y 4 meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.



(5784)
Enviado por: Héctor Germán Cairus Rodriguez
a Ni en dictadura se vio aplicar a dos adolescentes semejante condena por ser montevideanos

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