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La Comisión Administradora del Río Uruguay, recuerda que según Resolución Nº 111/2023 el período de veda para la pesca del Dorado, tanto comercial como deportiva, quedó establecida de manera permanente desde el 1 de setiembre al 31 de diciembre de cada año.
La medida busca la preservación de esta especie en el río Uruguay.
Como ya se ha informado desde CARU en otras oportunidades, el dorado (Salminus brasiliensis) realiza migraciones reproductivas. Ese período en el río Uruguay es mayormente en la primavera y parte del verano, por lo que se establece la veda estos cuatro meses para proteger los cardúmenes en desove y aumentar así la eficacia reproductiva de esta especie.
La CARU recuerda que la mencionada Resolución se enmarca en las tareas de preservación de la Biodiversidad y la conservación de los recursos ícticos del río Uruguay que desarrolla la Comisión Administradora del Río Uruguay.
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