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En el marco de la “Operación Troya” de fecha 6/2/2024 la cual es llevada a cabo por parte de la Brigada Departamental Antidrogas, y se encuentra a cargo de la Fiscalía Letrada de la ciudad de Dolores, la que llevaba un total de ocho (8) personas formalizadas y 6 de ellas condenadas.
Como informara @gesor, el pasado jueves con hora 2.20 es detenido por parte del personal de Seccional 5ª de Dolores un masculino de 30 años poseedor de antecedentes penales el cual se
encontraba requerido a raíz de la presente investigación.
De acuerdo a lo expuesto el viernes 23/2/2024 se realizaron dos allanamientos en la ciudad de Dolores a cargo de la Brigada Departamental Antidrogas, con el apoyo de Grupo de Reserva Táctica (G.R.T) y personal de Zona Operacional 2, logrando allí la detención de tres masculinos mayores de edad poseedores de antecedentes penales, como así también la incautación de una piedra de sustancia ocre símil pasta base, 8 envoltorios conteniendo sustancia color ocre símil pasta base, dinero en efectivo por la suma de $ 62.080, US$ 59, 5 teléfonos celulares, una balanza digital y varios objetos producto de hurto.
Tras ser culminadas instancias ante sede de Fiscalía Departamental el Juzgado Letrado de la ciudad de Dolores de Segundo turno dispuso la formalización de la investigación respecto de Christian Gabriel Correa Andrade de 30 años de edad por “la presunta comisión de un delito continuado de negociación de sustancia estupefaciente agravado” disponiéndose como medida cautelar la prisión preventiva por el plazo de 120 días; por proceso abreviado la condena de Víctor Hugo Báez Fernández de 34 años como “autor penalmente responsable de un delito continuado previsto en el artículo 34 de la ley 14.294 en la modalidad de suministro agravado por la participación de un grupo delictivo y por tratarse
la sustancia de pasta base de cocaína, en reiteración real con tres delitos de receptación”
a la pena de 4 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo, y la condena de Oscar Fredy Bedans Vargas de 61 años como “autor penalmente responsable de un delito continuado previsto en el artículo 34 de la ley 14.294 en la modalidad de suministro agravado por la participación de un grupo delictivo y por tratarse la sustancia de pasta base de cocaína” a la pena de 3 años y 8 meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
Asimismo se dispuso el cese de detención para el masculino restante quedando emplazado para sede de Fiscalía, habiendo fijado como domicilio un Hogar de Beraca en Montevideo donde permanecerá internado con una persona como repsonsable jurídica de ello.
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