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24 de November del 2023 a las 13:42 -
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Tres condenados, dos por receptación y uno por hurto en todos los casos a la pena de 8 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba
El procedimiento fue llevado por personal de Seccional 5ª de Dolores
El procedimiento fue llevado por personal de Seccional 5ª de Dolores

De acuerdo a procedimientos llevado a cabo por Seccional 5ª de Dolores se informó que finalizada la instancia judicial en sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de la ciudad de Dolores de 2º turno se dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto de Jeffersson Leonel Correa Latorre 20 de años y Anthony Cristian Hansen Lecuna de 21 años como “autor penalmente responsable de un delito de receptación” a la pena de 8 meses de libertad a prueba y condenando a Gerardo Sebastián Moyano de 23 años como “autor penalmente responsable de un delito de hurto” a la pena de 8 meses de liberad a prueba.
En las actuaciones en la órbita judicial se estableció que en el marco del proceso abreviado, conforme a lo acordado por Fiscalía Letrada y la Defensa del imputado, se dictó sentencia, cuyo fallo condena a Jeffersson Leonel Correa Latorre y a Anthony Cristian Hansen Lecuna, como autores penalmente responsables de un delito de receptación, a la pena de 8 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba, con las siguientes obligaciones: a) Residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por DINASLA. b) Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la referida Oficina. c) Presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio d) Prestación de servicios comunitarios, por el término de tres meses, 5 horas semanales, pudiendo acumular dichas horas. Asimismo condena a Gerardo Sebastián Moyano, como autor penalmente responsable de un delito de hurto a la pena de 8 meses de prisión, pena que se cumplirá en un régimen de libertad a prueba, con las siguientes obligaciones: a) Residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por DINASLA. b) Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la referida Oficina. c) Presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado d) Prestación de servicios comunitarios, por el término de tres meses, 5 horas semanales, pudiendo acumular dichas horas. 
 



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