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21 de December del 2022 a las 14:43 -
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Suprema Corte de Justicia ratificó fallo del Tribunal de Apelaciones, docente y funcionario judicial marchó a la cárcel por abuso sexual con pena de 2 años y 8 meses; @gesor ofrece la sentencia completa
Este, además es esposo de una Jueza de Familia y en la mañana de este martes fue acompañado por uno de sus abogados a la Unidad de Investigaciones, para entregarse antes que lo fueran a buscar a su trabajo en la Defensoría de Oficio
Este, además es esposo de una Jueza de Familia y en la mañana de este martes fue acompañado por uno de sus abogados a la Unidad de Investigaciones, para entregarse antes que lo fueran a buscar a su trabajo en la Defensoría de Oficio

La Jueza de 4º Turno de Mercedes, Dra. Ana Julia Fuentes emitió en la mañana de este martes oficio para que la Policía de Soriano procediera a la detención y traslado al centro de reclusión de Ricardo José Mezquida Balza, docente, funcionario del Poder Judicial que estaba cumpliendo tareas en la Defensoría de Oficio, además de esposo de una Jueza de Familia de Mercedes, tras conocerse el fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia desestimando el recurso de casación de la Defensa de Mezquida Balza, y ratificando la sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno, que lo condenó por un delito de abuso sexual especialmente agravado a la pena de 2 años y 8 meses, en base a lo cual, la Dra. Fuentes emite el oficio hacia la Policía para cumplir con el fallo de la Suprema Corte de Justicia, dándose cumplimiento.
Además el condenado deberá pagar a la víctima del equivalente a 12 ingresos mensuales del condenado, o en su defecto a 12 salarios mínimos nacionales (art. 80 de la ley 19.580). Se le suspende el ejercicio de la patria potestad o guarda e inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad y personas
mayores en situación de dependencia, por un plazo de diez años. (art. 79 de la ley 19.580).
En su fallo la SCJ en el extenso escrito entre otros conceptos dirigiéndose a la Defensa señala: "La Defensa podrá no estar de acuerdo con la conclusión a la que arriba el Tribunal, pero de ninguna manera puede sostenerse que se
trate de una inferencia probatoria irracional, absurda o apartada de la lógica.
Las carencias formales relevadas, conducen -en criterio de los Sres. Ministros Dres. Martínez, Morales, Pérez y la redactora- al rechazo del agravio". 
Por su parte, "el Sr. Ministro Dr. Tabaré Sosa Aguirre, en lo atinente al
agravio sobre errónea valoración de la prueba, sustenta una posición diversa a la anteriormente referida sostenida por la mayoría de esta Corporación. A fin de evitar extensos y superabundantes desarrollos se remite el Ministro a las consideraciones ya expresadas en innumerables fallos (Sentencias Nos. 191/2020, 187/2020 y 281/2020, entre muchas otras).
Aclarado lo anterior, destaca el Ministro que no observa vulneración alguna al límite de la razonabilidad en la valoración de la prueba, ni que surjan dudas insuperables que ameriten arribar a una decisión diversa de la adoptada. Más aún, agrega que valorada la prueba conforme lo dispone el
artículo 143 del CPP –por separada y en su conjunto conforme las reglas de la sana crítica- se concluye que en la causa existe plena prueba que permite determinar que el Sr. Ricardo José Mezquida Balza deberá responder como autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual especialmente agravado, tal como fuere dispuesto por el “Ad Quem”. 
En forma adjunta, @gesor les ofrece la sentencia 1185/2022 de la Suprema Corte de Justicia redactada por la Ministra Dra. Brnardette Minviella Sánchez, que fuera validada el 15 de diciembre 2022, firmada por los cinco integrantes de la SCJ, donde se exponen los argumentos fundamentales de los Ministros de la SCJ para rechazar la apelación, cuestionando en varios de sus planteos a la Defensa, y pone en el tapete nuevamente el cuestionamiento a la utilización que se da a la "metapericia", en particular la forma en que se hace uso de ella que ya ha sido desvirtuada según lo han señalado los tribunales actuantes en apelaciones, por la forma en que un profesional juzga la actuación de otro colega, cuando éste ha sido el que efectivamente perició a la persona y aquel pericia a el informe de su colega y además lo hace a instancia de parte, algo que en este fallo nuevamente la SCJ deja en evidencia que es cuestionado a nivel internacional en varios lugares.
También se emiten cuestionamientos para el Juez de primera instancia el Dr. Claudio De León que vino de Fray Bentos a emitir su fallo en el juicio de primera instancia y absolvió en todo a Mezquida Balza, la SCJ, además de cuestionar algunos conceptos, hace hincapié en algunas contradiciones las propias afimaciones del Magistrado, como por ejemplo cuando expresa que no hubo violencia, pero por el otro lado trabó la puerta con una silla no permitiendo salir a la víctima.
La sentencia que tiene 47 páginas, a la que accedió @gesor se encuentra adjunta y ofrece todos los detalles que llevaron a la SCJ a desestimar el recurso de casación de la Defensa de Mezquida y por ende ratificar el fallo del Tribunal de Apelaciones que lo envía a la cárcel por abuso sexual agravado, con una pena de 2 años y 8 meses, además de otros aspectos del fallo que ya reseñamos.
 

ver la sentencia completa en documento adjunto

En la fotografía los Fiscales Dr. Carlos Chargoñia que culminó el caso y la Dra. Stella Alciaturi, que lo inició en su momento previo a su traslado y ahora volvió, pero al otro turno, ambos fueron fundamentales en lograr la prueba para el esclarecimiento del hecho.

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