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13 de August del 2022 a las 09:46 -
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Joven que recibió ¨encomienda¨ con un revolver ¨camuflado¨ en un parlante, fue condenada a 8 meses de prisión
Había sido imputada el 22 de julio y ahora deberá cumplir la pena en régimen de libertad a prueba con las disposiciones establecidas
Había sido imputada el 22 de julio y ahora deberá cumplir la pena en régimen de libertad a prueba con las disposiciones establecidas

Personal de Brigada Departamental Antidrogas observan a dos femeninas (hermanas) que se retiran desde agencia de ómnibus con una encomienda, previa coordinación concurre personal de Seccional 5ª, donde realizan control de personas, identificando a las mismas, resultando una de ellas menor de edad; trasladando un paquete expresando desconocer el contenido.
Se dio intervención a Fiscalía. En cumplimiento a lo ordenado se procede a la apertura de la encomienda donde se ubica un parlante portátil envuelto en ropa de cama (sábana); ubicando en el interior del electrodoméstico un revolver marca Rossi, calibre 22, cargado con siete cartuchos. 
Enterado nuevamente Fiscal actuante dispone que la femenina mayor de edad ingrese detenida y la adolescente sea entregada a mayores.
Ello ocurrió el miércoles 20 de julio y el jueves 21 de julio se llevó a cabo en la sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno, a cargo de la Jueza subrogante Dra. Beatriz Giordano, audiencia de control de detención y formalización solicitada por la Fiscalía a cargo de su titular Dr. Leonardo Dugros y su equipo de Adscriptos Dres. Ana Martínez y Victoriano Gómez, en la investigación que se le seguía a la femenina Laura Ayelén Aranda Alza, que tuvo el asesoramiento letrado de la Defensoría Pública con la participación de las Dras. Johanna Gargiullo y María Lauber.
En una audiencia que tuvo importante debate entre la Fiscalía y la Defensa la Jueza Dra. Giordano procedió a formalizar la investigación seguida por la Fiscalía contra Aranda Alza por la presunta comisión de un delito de tráfico interno de armas y porte y tenencia de armas de fuego en lugares públicos.
Tras ello se decretó el cese de detención y dispuso a pedido de la Fiscalía como medidas cautelares no privativas de libertad, la obligación de constituir domicilio y en caso de cambio del mismo deberá informar a la sede y concurrir una vez por semana a la seccional policial de su domicilio, todo ello por el plazo de 90 días.
Cabe señalar que ya son varias las incautaciones que se han hecho en situaciones similares con paquetes o encomiendas que van a retirarse y que al ser controladas resultan contener en su interior por lo general estupefacientes desde Montevideo a Dolores para ser comercializados en esta ciudad, esta vez fue un arma de fuego lo que habla de la gravedad de la situación, sin embargo la discusión a nivel de la audiencia estuvo dada sobre la legalidad del control (que fue definida como tal por parte de la magistrada), estando en juego el retiro de un arma de fuego de la comunidad que se quería introducir y en una zona donde la venta de estupefacientes ha sido reiteradamente probada y con alguien que va a retirar una "encomienda" que no sabía quien se la mandó y para quien era. 
En la continuidad de las investigaciones y del proceso, en las últimas horas se llevó a cabo audiencia de condena a través de acuerdo por proceso abreviado, en audiencia presidida por el Juez subrogante Dr. Fernando Gómez Pardo que controló el cumplimiento de todos los requisitos del acuerdo arribado por la Defensa de la imputada y la Fiscalía, procedió a condenar a Laura Ayelén Aranda Alza de 18 años, como autora penalmente responsable de un delito de tráfico interno de armas y municiones en concurso formal con un delito de tenencia de armas de fuego en lugares públicos, a título de dolo eventual, a la pena de 8 meses de prisión, a cumplirse en un régimen de libertad a prueba imponiéndose como obligaciones: residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA; sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA; presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado; prestación de servicios comunitarios en un régimen de 4 horas semanales durante el lapso de la condena; permanecer en su domicilio entre las 22.00 horas y las 6.00 horas del día siguiente, durante el lapso de la condena.
 



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