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14 de June del 2013 a las 02:45 -
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Después de 5 años empezó a controlarse
En el 2008, a los beneficiarios del Plan de Equidad se le aumentó el monto de Asignaciones Familiares, debían mandar hijos a la escuela y llevarlos al médico, nunca se controló, en Soriano casi mil niños o adolescentes pierden el beneficio
En el 2008, a los beneficiarios del Plan de Equidad se le aumentó el monto de Asignaciones Familiares, debían mandar hijos a la escuela y llevarlos al médico, nunca se controló, en Soriano casi mil niños o adolescentes pierden el beneficio

El Banco de Previsión Social dispuso la suspensión transitoria, a partir de julio, del pago de Asignaciones Familiares a 32.558 estudiantes, lo cual equivale al 6% de los 528.000 beneficiarios que cobran esta prestación.

En agosto, se procederá a un nuevo cruzamiento de información. En ese contexto, dejarán de cobrar los alumnos inscriptos que no concurren a clase. En el caso de Primaria, se permitirá como máximo un 10% de inasistencias injustificadas y en el caso de Secundaria y UTU será un 20%.

La Administración Nacional de Educación Pública abrirá un período especial de inscripciones y reinscripciones inicialmente de un mes. El cumplimiento de este trámite habilitará el inmediato restablecimiento del pago del beneficio.

Actualmente se pagan 528 mil asignaciones familiares, de las cuales 402 mil se otorgan al amparo de la Ley 18.227 y 126 mil, de la Ley 15.084. Del total de las suspensiones anunciadas, 23.498 corresponden a la primera ley mencionada, del Plan de Equidad, y 9.060, a la segunda ley.

El 71% del total de las suspensiones (23.212) afecta a jóvenes mayores de 14 años. "El margen de error que pueda haber en los datos obtenidos es mínimo", aseguró Ernesto Murro presidente del BPS, y al respecto, dijo que quien lo desee podrá hacer el reclamo correspondiente. "Los errores comprobables serán subsanados con el resarcimiento económico correspondiente", subrayó.

En el caso de Soriano los beneficiarios a los que se les suspenderá el pago de las asignaciones familiares a partir del cobro de julio, son 959, mientras que en la región, en Róo Negro llegan a 480 y en Colonia 1.017, este es cuadro por departamento:

Artigas               1.146

Canelones          4.873

Cerro Largo         821

Colonia               1.017 

Durazno              709

Flores                 177

Florida                593

Lavalleja             550

Maldonado          2.133

Montevideo         10.859

Paysandú            1.472

Río Negro            480

Rivera                 1.634

Rocha                 819

Salto                  1.717

San José             1.012

Soriano               959

Tacuarembó        1.044

Treinta y Tres      543      

En cuanto a las edades y ley por la cual se acogieron al beneficio, el cuadro es el siguiente:

Edad    Ley 15084    Ley 18227    Total general

5         675             694              1.369

6         524             470              994

7         498             230              728

8         524             252              776

9         528             323              851

10       488             349              837

11       508             315              823

12       518             576              1.094

13       576             1.298           1.874

14       731             2.680           3.411

15       921             4.420           5.341

16       1.222          6.045           7.267

17       1.347          5.846           7.193

TOTAL  9.060        23.498           32.558

La Ley 15.084 es la tradicional, referida a las Asignaciones Familiares que brinda los beneficios habituales, comunes.

La Ley 18.227 que es la que amplía el beneficio en el marco del Plan de Equidad pagando valores muy por encima del tradicional, expresa: "Artículo 6º. (Requisitos para el otorgamiento y el mantenimiento de la percepción de la prestación).- Para recibir la asignación regulada por la presente ley, deberán acreditarse ante el Banco de Previsión Social, con la frecuencia y del modo que establezca la reglamentación, los siguientes extremos:

C) La inscripción y concurrencia asidua del beneficiario a institutos de enseñanza estatales o privados autorizados por el órgano competente, excepto en los casos de beneficiarios discapacitados en que se acredite que aquello no es posible, y la periodicidad de controles de asistencia médica brindada a través del sistema público o privado".

Es decir que durante más de cinco años, ya que la ley entró en vigencia en enero del 2008, no se controló lo que la ley establece y muchos de estos miles de beneficiarios han cobrado sin cumplir con las contrapartes, quedando en evidencia que a los que más se les paga, son los que menos cumplen.



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