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El Consejo Directivo Central resolvió establecer la potestad de cada centro educativo de acuerdo a la realidad del departamento en el que se ubique, a autorizar la realización de los actos de clausura, cierre de actividades y actos de colación en el ámbito de la Administración Nacional de Educación Pública.
Asimismo, dispuso que estas celebraciones deberán efectuarse por grado o nivel educativo, de acuerdo con las características de cada establecimiento, aplicando los protocolos sanitarios correspondientes, siendo de uso obligatorio el tapabocas para todas las personas que asistan.
Por otra parte, estableció que los centros educativos deberán llevar a cabo un registro de asistentes a los eventos autorizados.
Por último, exhortó en la medida de las posibilidades de cada centro, a que estos eventos se desarrollen en espacios abiertos y con las distancias correspondientes, evitando en todo momento las aglomeraciones o en su defecto, ocupando el 75% del aforo total del establecimiento.
En documento adjunto puede accederse a la resolución.
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