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De acuerdo al decreto 290/021, este subsidio comprende a cuentapropistas o informales de los sectores más afectados: autores, intérpretes, actores, músicos, disc jockeys, sonidistas, bailarines, iluminadores, escenógrafos, fotógrafos, realizadores de videos, trabajadores vinculados a la organización de fiestas y eventos o que brindan servicios a salones de fiestas, entrenadores y profesores de gimnasia, guías turísticos y promotores de turismo aventura.
Las personas que estén comprendidas para el beneficio deberán concurrir a las redes de cobranza, con su cédula de identidad, para hacer efectivo el cobro. Están habilitadas 5.687 personas para cobrar el subsidio. La nómina de beneficiarios fue comunicada a las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por las organizaciones representativas de cada sector. En esta oportunidad, la base de datos de quienes ya recibieron este subsidio fue revisada para determinar si siguen sin empleo o consiguieron uno nuevo, en cuyo caso no se renovará la cobertura especial. Se puede consultar previamente en la web de ANDE www.ande.org.uy a través del asistente virtual, si son beneficiarios de este subsidio.
La Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) es quien lleva a cabo la gestión administrativa para que los beneficiarios puedan cobrar a través de las redes de cobranza. Estos subsidios se financian con el Fondo Solidario Covid-19.
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