agesor
. . . . .

Municipio de Dolores
Actividades del Diputado Martín Melazzi
Centro Profesionales Mercedes
coopace
edil José Lavista - Partido Nacional
Diputada María Fajardo
Edil Raúl Morossini
Edil Luciano Andriolo Guyman
Proyecto memoria
andres centurion edil partido colorado
Bancada del Frente Amplio
Israel Acuña - Edil del Partido Nacional
kechu fletes
@gesor es de acceso completamente gratuito para nuestros lectores, pero si quieres apoyar nuestro trabajo con un donativo, te damos dos opciones, la primera de un único pago de U$S2 (dolares americanos dos) o la segunda con una suscripción de U$S1 (dolares americanos uno) por mes, la que puedes realizar en pagos mensuales o un pago anual.

El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Pago
Opciones de suscripción
Si quieres colaborar con un monto distinto, por favor contacta con info@agesor.com.uy indicando el monto con el que quieres colaborar y te haremos llegar el formulario de pago.
MonedaCompraVenta
38.05 41.05
0.05 0.35
7.23 9.23
40.54 45.39
El Observador El Pais La Juventud La Diaria La Republica El Telegrafo
.
Síguenos Síguenos Canal Instagram
07 de August del 2021 a las 13:02 -
Tweet about this on Twitter Share on Facebook Share on LinkedIn Pin on Pinterest Email this to someone
Las nuevas habilitaciones de la Secretaría Nacional del Deporte vigentes del 1 de agosto
Amplía aforos al 65% para gimnasios, recintos cerrados y piscinas en espacios abiertos y cerrados con determinadas condicionantes
Amplía aforos al 65% para gimnasios, recintos cerrados y piscinas en espacios abiertos y cerrados con determinadas condicionantes

En virtud de las solicitudes elevadas a la Secretaría Nacional del Deporte, a partir del 1 de agosto de 2021 se autoriza, a propietarios o administradores de gimnasios, recintos cerrados y piscinas (tanto en espacios abiertos o cerrados), a incrementar el aforo máximo de personas que pueden ingresar al 65% de su capacidad máxima así como el uso de espacios destinados a vestuarios o similares.
Quienes opten por hacer uso de dicha facultad deberán cumplir las siguientes medidas sanitarias:
A) que toda persona mayor de 12 años acredite el certificado de vacunación correspondiente emitido por el Ministerio de Salud Pública, donde conste que fueron suministradas las 2 (dos) dosis de la vacuna contra el COVID-19 y transcurridos los 14 días a partir de la segunda dosis.
A tales efectos será suficiente la exhibición del certificado de vacunación impreso o digital mediante la aplicación “CORONAVIRUS UY”.
B) el uso de espacios destinados a vestuarios o similares no podrá exceder los 15 minutos por persona; 
D) las personas físicas y jurídicas propietarias o administradoras de gimnasios o lugares cerrados donde se practique la actividad, hayan proporcionado los datos identificatorios (a través de la página web www.gub.uy/snd), y designado oficial de cumplimiento, todo conforme lo previsto por Resolución Nº 173/21 de 20 de mayo de 2021 del Secretario Nacional del Deporte.
Quienes no hagan uso de la facultad referida continuarán rigiéndose por las medidas, límites y condiciones vigentes según lo dispuesto en comunicados emitidos por la Secretaría Nacional del Deporte de fecha 25 y 28 de junio del corriente.
Los propietarios o administradores de gimnasios, recintos cerrados y piscinas (tanto en espacios abiertos o cerrados), bajo su más estricta responsabilidad, mediante el respectivo oficial de cumplimiento sanitario, deberán observar el fiel cumplimiento de cada una de las medidas precautorias establecidas, así como los protocolos oportunamente homologados por el Ministerio de Salud Pública, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente. 



(1191)

A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres

AGESOR - Soriano - Uruguay // (todos los derechos reservados )

powered by: Daniel Castro 2024
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux