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El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, informa que para quienes tengan una Declaración Jurada de Producción Familiar vigente, el certificado de Productor Familiar se obtiene en línea.
Se obtiene a través del siguiente link: http://www.mgap.gub.uy/certificadoProdFamiliar/solicitudcertifprodfamiliar.aspx
El/la productor/a familiar propietario/a de padrones rurales que no exploten más de 200 hectáreas CONEAT 100, deberá presentarlo ante la Intendencia Departamental correspondiente, a los efectos de acceder al beneficio de la exoneración Contribución Inmobiliaria de las primeras 50 hectáreas, según lo establecido en el Artículo 681 de la Ley N° 19.355.
Adicionalmente, se comunica que los Registros de Productor/a Familiar que se vencían este próximo 30 de abril se mantendrán vigentes hasta nuevo aviso.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.