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BPS anunció exoneraciones para salones de fiestas, agencias de viajes, empresas de transporte de turistas y otras actividades.
Desde el área de Asesoría Tributaria y Recaudación del BPS se anunció exoneración de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social a las empresas con local dedicadas a actividades de organización y realización de fiestas y eventos, agencias de viajes, organización y provisión de congresos y ferias nacionales e internacionales, y transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.
Esta exoneración comprende las obligaciones del período 1 de abril de 2020 al 31 de marzo de 2021.
Se distinguen dos situaciones:
Empresas con actividad principal y única agencias de viaje.
Empresas que desarrollan otras actividades comprendidas en la exoneración.
Las consultas se canalizarn a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios, motivo Tributación.
Por mayor información, puede comunicarse al 0800 2001, Asistencia al Contribuyente.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.