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Ante llamado por incidente familiar se concurre a finca de la zona de Garibaldi y Varela donde se constata la presencia de masculino y femenina que tenían medidas de restricción y que no estaban siendo respetadas, habiéndose apreciado que la joven de 23 años se encontraba golpeada, y a la hora de declarar, ambos manifestaron agredirse mutuamente.
La Fiscalía de Truno determinóq ue el masculino se mantuviera en calidad de detenido y este viernes se logró acuerdo por el proceso abreviado, solicitándose audiencia en el Juzgado de Mercedes, ante la Jueza de Feria, Dra. Carolina Olivera, quien condenó a L.E.B.M. como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica especialmente agravado en concurso formal con un delito de desacato, a la pena total de 14 meses de prisión la que se cumplirá los primeros cinco meses de prisión efectiva y los restantes nueve meses serán de libertad vigilada con las obligaciones establecidas en el art. 7 y 8 de la Ley 19.831, debiendo fijar residencia en un lugar determinado donde se posible la supervisiòn de la OSLA; sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio; prohibición de acudir al domicilio de la víctima; prohibición de acercarse a la víctima o mantener algún tipo de comunicación con ella; obligación de cumplir programas formativos laborales, culturales de tratamiento de violencia u otros similares; ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio bajo las modalidades que determine el plan de intervención; el uso de tobillera durante la libertad vigilada.
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Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.