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27 de November del 2019 a las 13:50 -
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Aumentaron las denuncias de acoso sexual laboral
Destacó el Asesor de Género del INEFOP, recordando los alcances de la Ley 18.561.
Destacó el Asesor de Género del INEFOP, recordando los alcances de la Ley 18.561.

“Todos los empresarios están obligados por ley a prevenir las situaciones de acoso sexual en el ámbito laboral debiendo establecer un protocolo y una comisión de recepción de denuncia, como así también realizar las investigaciones cuando estas sean presentadas”. Así lo expresó Jorge Rondán, Asesor de Género del INEFOP al dialogar con @gesor.
Rondán repasó los alcances de la Ley 18.561 que establece normas para la prevención y sanción del acoso sexual, tanto en el ámbito laboral como en las relaciones docente- alumno.
Dicha ley en su Artículo 2 entiende “por acoso sexual todo comportamiento de naturaleza sexual, realizado por persona de igual o distinto sexo, no deseado por la persona a la que va dirigido y cuyo rechazo le produzca o amenace con producirle un perjuicio en su situación laboral o en su relación docente, o que cree un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante para quien lo recibe”.

Recientemente INEFOP (Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional) ofreció en Mercedes una charla destinada a empresarios y trabajadores, actividad que estuvo a cargo de Jorge Rondán. Oportunidad en la que dialogó con @gesor sobre los aspectos que componen esta ley, y sus alcances. Diálogo que incluimos en el siguiente video. “En estos últimos años la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social viene recepcionando cada vez más denuncias de acoso sexual laboral” comentó Rondán.

 



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