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El pasado 13 de julio, el Poder Ejecutivo promulgó la ley 19.637, la cual modifica algunos aspectos relativos a beneficios fiscales por inversiones, para aquellos contribuyentes del Impuesto a la Rentas de Actividades Económicas (IRAE).
La normativa fiscal, actualmente establece una exoneración de IRAE de un 40% en la inversión de adquisición de determinados bienes y un 20% en la inversión para construcción o ampliación de determinados inmuebles. Este beneficio es aplicable para empresas que en su ejercicio anterior no obtuvieron ingresos mayores a 10 millones de UI, aproximadamente 39 millones de pesos uruguayos.
La exoneración del 40% aplica en la adquisición de bienes como maquinaria agrícola, vehículos utilitarios, equipos electrónicos para el procesamiento de datos, fertilizantes fosfatados, mejoras fijas en el sector agropecuario, la adquisición de muebles para hoteles y establecimientos turísticos. Mientras que la exoneración del 20% aplica para construcción o ampliación de hoteles; y también en la construcción o ampliación de edificios que serán destinados a la actividad industrial o agropecuaria.
La promulgación de la ley, incrementa dichos porcentajes de exoneración a un 60% y 30% respectivamente, para aquellas empresas que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos menores a 5 millones de UI, aproximadamente 19.5 millones de pesos uruguayos.
De esta manera, se incrementa el beneficio por inversiones otorgada a empresas de mediano porte, cuyos ingresos se ubiquen entre los 5 y 10 millones de UI.
por el Cr. Nicolás Araújo del Equipo de Del Río Consultoría & Negocios
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