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04 de November del 2017 a las 10:01 -
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La Policía de Rosario debe  respetar el horario de sueño del  fiscal
El día que comenzó el nuevo Código del Proceso Penal, el Fiscal de Rosario envió instrucciones a sus subordinados de la fuerza policial con indicaciones precisas sobre cómo actuar. Trabajará 26 días al mes y  que  su horario de sueño debe s
El día que comenzó el nuevo Código del Proceso Penal, el Fiscal de Rosario envió instrucciones a sus subordinados de la fuerza policial con indicaciones precisas sobre cómo actuar. Trabajará 26 días al mes y  que  su horario de sueño debe s

Las insólitas reglas del Fiscal de Rosario a los comisarios del departamento: no molestarlo en horas de sueño y no llamarlo por hurtos menores.

Al señor Fiscal de Rosario no se lo puede molestar en sus ocho horas de sueño y avisa a la policía que no se preocupe por delitos pequeños como el hurto de motos por menores de edad.  Así se lo indicó expresamente a la policía que ahora estará a su cargo, según la normativa del nuevo Código del Proceso Penal. Le pide al a policía que se dedique a “la prueba grande” y que no acepten “las menudencias” como incautación de drogas por ejemplo, que se lo debe llamar si hay que pedir al juez una prueba de sangre para alcoholemia y alertó que no iniciará proceso por menores infractores en casos como hurtos de moto.

La insólita minuta fue enviada según comunicado 767/2017 con fecha uno de noviembre a todos los encargados de seccionales de Colonia.

El documento , al que accedió EL ECO, señala un total de trece puntos que marcarán la conducta del fiscal de Rosario en su trabajo con la policía en el marco del nuevo Código del Proceso Penal.

Según expresa el Fiscal titular Letrado de Rosario Cesari Singia “para conocimiento y puesta en práctica” tras la reunión con su fiscal adjunto Luisa Vago. Allí se determinó que el fiscal trabajará 26 días al mes y tendrá cuatro días libres en un horario que se extenderá entre las ocho de la mañana y las doce de la noche, horario de descanso durante el cual no se lo deberá llamarlo por “hurtos menores, accidentes simples” aunque si se deberá informarlo por hechos de Violencia Doméstica que amerite acción Penal.

La minuta de comunicación también señala un dato no menor, ya que delega en los abogados defensores el arreglo de las causas “menores a tres años, en su gran mayoría”, que no se deben identificar ni detener personas en sede policial “sin previa anuencia de él” y que la “revisación a delincuentes está prohibida” salvo aclara “que tengamos la seguridad de que entres sus pertenencias o equipamiento lleve algún efecto hurtado”.

En uno de los puntos señala el Fiscal que está estudiando el SGSP (Sistema de gestión en seguridad pública (SGSP) del Ministerio Del Interior) así que el SIPPAU (Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio del Uruguay) ya que “hasta el momento no lo maneja muy bien”.

 

(*) texto y foto extraído de www.elecodigital.com.uy

 

 

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