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El Congreso de Intendentes aprobó los valores que tendrá la patente de rodados en el año 2017, estableciendo algunas modificaciones con bandas de tributación fija y modelos que solamente incrementarán por IPC.
En este sentido se establece en el texto de la Resolución que se fija para el ejercicio 2017 para la banda 2008/2011, el criterio fiscal de la determinación del tributo a base de una alícuota del 4,5% sobre el valor de mercado establcido para todas las marcas y modelos que la comprenden.
Además se determinó que las bandas de tributación fija queda de la siguiente manera par el cao de la categoría A: 1996/1980 $1.600; 1981/1985 $2400; y de 1986/1991 $4.800. Para el cálculo de las bandas fijas se aplica el IPC.
Los vehículos de la categoría A modelos/años 1996/2007 ajustarán por IPC.
Se mantiene para el resto de las categorías, B camiones y C motos, ciclomotores, etc, E zorras y semirremolques, casas rodantes sin propulsión propia, agrícola los criterios fiscales vigentes y sus regímenes espefciales de tributación (exoneraciones totales o parciales) en 2016 en materia de patente efectiva y actualización de sus valores por IPC en el caso que corresponda. Quienes tributen a base de valor de mercado, estarán al criterio general aplicable cuya base imponible será la tabla de valores al 30 de junio de 2016.
Para el caso de las alícuotas, la determinación del tributo 2017 el criterio fiscal será: para los 0 k 2017 el de aplicar un 5% al valor de mercado sin IVA; y para los vehículos comprendidos en el estrato 2008/2016 el criterio fiscal será el de aplicar un 4,5% al valor de mercado determinado por las tablas de aforo vigentes del SUCIVE al 30 de junio de 2016.
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