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El 1 de diciembre entra en vigencia la Ley de aborto. El Poder Ejecutivo presentó la reglamentación de la Ley 18.987 que habilita la interrupción voluntaria del embarazo por sola voluntad de la mujer. El decreto ya cuenta con la firma de todos los ministros por lo que el 1 de diciembre entrará en vigencia. El Ministro de Salud Pública, Jorge Venegas, anunció que en breve comenzará una campaña de difusión de la nueva ley. "Esta reglamentación es parte integral junto a la ley de Salud, Sexual y Reproductiva, y la educación es fundamental", indicó el secretario de Estado. Explicando que la reglamentación "tiene tres elementos básicos: la confidencialidad, el consentimiento y la voluntad expresa de la mujer". La confidencialidad se aplicará tanto para el médico como para la institución. En tanto la realización del aborto deberá incluirse en la historia clínica de la paciente.
La reglamentación establece que las mutualistas que tengan "objeción de ideario" deberán presentar una solicitud ante Junasa (Junta Nacional de Salud) con copia de sus estatutos e indicación de las normas estatutarias que lo determinan. Teniendo 15 días hábiles de plazo desde la publicación de la reglamentación para acreditar su objeción.
Abren corralito mutual
La reglamentación de la ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo prevé que las instituciones mutuales expresen una "objeción de ideario" y así queden eximidas de realizar abortos. Para las usuarias de estas mutualistas que se presenten con la intención de abortar se abrirá el corralito mutual y podrán ser derivadas a otras instituciones que deberán hacerse cargo del procedimiento.
Las mutualistas que tengan "objeción de ideario" deberán presentar una solicitud ante la Junasa. Otra posibilidad es que la afiliada solicite el cambio si su prestador integral "no le genera suficiente confianza". En ese caso deberá presentarse ante la Junasa y "acreditar debidamente las circunstancias fácticas que fundamentan" la intención de cambiar de mutualista. Existiendo un plazo de 24 horas para que la institución haga sus descargos. Si la Junasa lo autoriza el cambio se realizará inmediatamente para la mutualista elegida por la usuaria. El prestador al cual se solicita el cambio "no podrá rechazar la solicitud de afiliación de una embarazada por ningún motivo", dice la reglamentación. Tampoco será de recibo el requerimiento de cobro de ninguna suma que no sea el pago de la cuota o las correspondientes tasas moderadoras.
La reglamentación no abunda en detalles sobre los procedimientos que se llevarán adelante para la interrupción del embarazo. Estas cuestiones estarán establecidas en una guía o protocolo que el Ministerio de Salud Pública (MSP) difundirá a todos los prestadores.
Lo que está claro en la normativa es que el "médico ginecólogo será quien determine el tipo de procedimiento a seguir (...) basado en el evidencia científica orientada a la disminución de riesgos".
La mujer que tenga intención de abortar deberá firmar un "consentimiento informado", donde "se detallará la información recibida, el asesoramiento brindado, los derechos que le otorga la ley y las obligaciones que contrae así como los riesgos y beneficios de los procedimientos para llevar adelante la interrupción del embarazo", dice la reglamentación de la ley.
Hasta el momento dos mutualistas que expresaron su "objeción de ideario" fueron el Círculo Católico y el Hospital Evangélico. Ambos centros de salud alegaron razones religiosas.
Otros aspectos
El decreto establece que el personal de la Salud deberá promover el "respeto por la autonomía de la voluntad de la mujer" para que ella pueda "tomar decisiones personales libres, conscientes e informadas en todo el proceso de atención". Puntualizando que el personal médico "debe abstenerse de imponer sus valores y creencias así como sus visiones filosóficas personales”.
Si la mujer tuviera menos de 18 años la decisión de abortar la deberá adoptar "en concurrencia con sus padres u otros referentes de confianza de la menor", aunque se tendrá que respetar "la autonomía progresiva de las adolescentes". Puntualizando que si el médico entiende que la menor puede dar su consentimiento por si sola deberá notificarlo a sus padres o responsables.
El Ministerio de Salud Pública creará una comisión que tendrá a su cargo evaluar los planteos de interrupción de embarazo en casos de "malformaciones incompatibles con la vida extrauterina". Esta comisión estará integrada por un miembro del MSP, uno de la Junta Nacional de Salud y un delegado de la Cátedra de Ginecobstetricia y otro de la Cátedra de Neonatología.
Referéndum por dos
La pasada semana lanzaron la campaña de recolección de firmas para convocar a un referéndum para derogar la ley que despenalizó el aborto. La idea es del diputado nacionalista Pablo Abdala, y ya cuenta con la adhesión de sectores del Partido Nacional y otros grupos políticos.
La semana pasada un grupo de organizaciones Provida presentaron otra campaña de recolección de firmas buscando que el gobierno derogue la ley de despenalización del aborto. Estas organizaciones no están de acuerdo con el referéndum que promueve Abdala.
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