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El Directorio del Instituto Nacional de Colonización implementó la titularidad conjunta para matrimonios y uniones de hecho para la adjudicación de fracciones en arrendamiento, cuando no se trate de una concesión grupal. “El objetivo es avanzar en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres subsanando las desigualdades, ya que Colonización tiene solo un 12 % de mujeres como titulares de la tierra”, reseñó Jacqueline Cómez.
“Se trata de una estrategia para afrontar la iniquidad con respecto al acceso a la tierra, considerando a los integrantes de la pareja como la unidad de sujeto de derechos y obligaciones. debiendo suscribir los cónyuges los contratos de arrendamiento correspondientes”, establece la norma legal.
Si bien el artículo 7 de la Ley 11.029, que define las distintas formas de colonización, expresa que el régimen de tenencia será “individual cuando la explotación del predio se realice por el colono y su familia”, la presidenta del Instituto Nacional de Colonización, Jacqueline Gómez, explicó que el Directorio entiende que “el coarrendamiento representa un avance hacia la igualdad de género y refuerza la noción de responsabilidad familiar compartida”.
“El objetivo es avanzar en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, subsanando las desigualdades, ya que Colonización tiene solo un 12 % de mujeres como titulares de la tierra”, explicó en entrevista con la Secretaría de Comunicación.
En ese sentido, expresó que el tema fue planteado más de una vez por parte de organizaciones sociales. “Estamos lejos en el entendido que las mujeres cumplen un rol importante dentro del sistema de producción porque participan en el manejo de animales, alimentación, del cuidado de los cultivos. Lo demás es un tema de distribución de tareas en la pareja”, concluyó.
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