Enviado por: Alcides
Con el mayor de los respetos, no se puede ser tan gil, como es posible que ediles como estos puedan legislar cosas coherentes??
Que carajo tiene que ver lo que diga el artículo de la resolución de la junta si lo que faltó es que el TRAMITE SEA URGENTE Y SE DE CONOCIMIENTO URGENTE A LA INTENDENCIA, obvio despues que llegue a la Intendencia recien ahi entra a a regir el artículo que nombra el sr. Andriolo.