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Cinco días después del pronunciamiento judicial y de haber sido publicado por @gesor, el Ministerio del Interior informa sobre la operación denominada Leviatán.
Tras denuncias recibidas acerca de una mujer que estaría vendiendo droga en una vivienda del barrio Hipódromo en la ciudad de Mercedes, en la que habría un gran flujo de personas, se puso en conocimiento a la Dra. Andrea Mastroianni, Fiscal Letrada de 2º turno, quien autorizó el inicio de una investigación al respecto.
Al realizar vigilancia de la zona se constató que en una casa ubicada en la calle Alegría el movimiento de personas era alto, propio de los lugares donde se comercializan estupefacientes. A su vez se estableció que esta boca estaría liderada por una mujer de 36 años, poseedora de antecedentes penales por negociación, tenencia y suministro de estupefacientes, quien tendría como colaborador a un hombre de 30 años con antecedentes por hurto y negociación de estupefacientes.
Continuando con las actuaciones se realizó un allanamiento del lugar, donde había varias construcciones precarias, incautando sustancia vegetal (817 gramos), 2.198 pesos uruguayos, tres teléfonos celulares y herramientas, deteniendo a dos personas, quedando una tercera requerida quien posteriormente se presentó de manera voluntaria.
Puestos a disposición de la justicia, la Dra. Ana Fuentes, del Juzgado de 1º turno de Mercedes, “dispuso la formalización y condena por proceso abreviado con respecto a Nelly Alejandra Cáceres Cabrera como autora penalmente responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes, reiterados delitos de suministro de sustancias estupefacientes, algunos de ellos especialmente agravados y uno de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real, a la pena de cinco años y cuatro meses de penitenciaría”.
En cuanto a Kevin Exequiel Moreira Denis de 19 años se lo condenó “como autor penalmente responsable de un delito de tenencia de estupefacientes no para su consumo a la pena de 20 meses de prisión a cumplir de la siguiente manera: los primeros cinco meses y quince días de cumplimiento efectivo y el resto de la pena (…) en régimen de libertad vigilada”.
Respecto a Tomás Yair Mora Correa se lo condenó “como autor penalmente responsable de reiterados delitos de suministro de sustancias estupefacientes, todos en régimen de reiteración real a la pena de veintitrés meses de prisión”.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.