
EXCLUSIVO. En la tarde de este jueves 1º de mayo, en la sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes, a cargo de la Jueza subrogante, titular de Cuarto Turno Dra. Beatriz Giordano, asistida por la receptora Natalia Turuani, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado, en el caso que le seguía la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, que en esta ocasión estuvo representada por la Fiscal (s) Dra. Charline Ferreyra como subrogante, mientras que la defensa del imputado estuvo a cargo de la Defensoría Pública representada por la Dra. Alejandra Grisi, tratándose del homicidio de Valentín Aristide Espinosa Sosa, por el cual se encontraba detenido Juan Andrés Abella Barrios, confeso autor del crimen ante los funcionarios del Area de Investigaciones de Zona I cuando lo detuvieron horas atrás.
A cuenta de mayor información que estaremos brindando en próxima jornada debido al feriado de este 1º de mayo, podemos adelantar que luego de la exposición de la Fiscalía y de la Defensa, la Dra. Giordano, verificó que se cumplieran los requisitos que establece la ley para dar curso al acuerdo para transitar la vía del proceso abreviado tras la formalización de la investigación.
Luego de ello procedió a dictar sentencia dando lectura a la parte expositiva del fallo en el cual se condena a Juan Andrés Abella Barrios como autor penalmente responsable de un delito de homicidio, a la pena de 6 años de penitenciaría.
De acuerdo a la información que pudo recabar @gesor, único medio en el lugar, la Fiscalía pudo probar que hubo dos heridas de arma blanca, cualquiera de ellas le podía haber causado la muerte y que los motivos no se dieron a conocer. El homicida aceptó haber sido el responsable del hecho, les dijo a los policías donde se encontraba la cuchilla con la que hirió de muerte a Espinosa Sosa y las ropas que tenía, las que fueron enviadas a periciar, pero aun sin tener el resultado de esas pericias el caso ya se cerró con el acuerdo abreviado, en virtud de la confesión y las evidencias reunidas.
Se considera homicidio simple cuando la muerte de la víctima se produce sin la presencia de circunstancias agravantes (como alevosía, premeditación, etc.).
El artículo 310 del Código Penal establece que la pena para el homicidio simple es de 4 a 18 años de penitenciaría.
Ampliaremos...