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30 de June del 2021 a las 09:02 -
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Extensión de licencia maternal para trabajadoras médicas
Acuerdo rige a partir de julio.
Acuerdo rige a partir de julio.

El viernes 25 de junio en el ámbito del Consejo de Salario del Grupo 15, Servicios de Salud y Anexos - Salud General, se acordó en forma tripartita que a partir del próximo mes de julio las trabajadoras médicas dependientes podrán gozar de licencia maternal hasta los seis meses de edad del hijo.

Según el acuerdo firmado por las partes: “Durante dicho tiempo, las instituciones empleadoras abonarán a las trabajadoras médicas que hagan uso de dicho derecho, un complemento al subsidio para el cuidado del recién nacido por la otra mitad del horario habitual y hasta que el niño/a cumpla seis meses de edad”.

El acuerdo establece que “las empresas abonarán a las trabajadoras médicas que se desempeñan en relación de dependencia y que manifiesten su voluntad de acogerse a este beneficio, un complemento al subsidio para el cuidado del recién nacido que abona el BPS”.

Este complemento, indica el acta, “corresponderá desde el momento en que la trabajadora médica culmine su licencia maternal y hasta que el niño/a cumpla seis meses de edad, se aplicará exclusivamente a las madres y se considerará incompatible con cualquier otro subsidio o prestación por inactividad compensada, abonada por la empresa, a la misma beneficiaria”.

En cuanto a la forma de cálculo, se establece que "cada empresa abonará por concepto del complemento antes referido, el equivalente al 50% del promedio mensual o diario -según fuese remunerado por mes, por día o por hora- resultante de considerar los salarios percibidos por la trabajadora en los últimos seis meses inmediatos anteriores al ingreso a la licencia maternal".

En el caso de trabajadoras con menos de seis meses de antigüedad en la empresa al momento de hacer uso de la licencia maternal, "el promedio se realizará dividiendo sus ingresos, sin contar los posibles subsidios percibidos, entre los meses efectivamente trabajados".

Por otra parte se establece que aquellas trabajadoras que hayan dado a luz previamente a la fecha del acuerdo, "podrán ampararse al beneficio exclusivamente por el lapso de tiempo remanente hasta que su hijo alcance los seis meses de edad".

Participaron de la firma de este acuerdo, representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Salud Pública, delegados del Sindicato Médico del Uruguay, de la Federación Médica del Interior, la Sindicato Anestésico Quirúrgico, y representantes de los empleadores de las instituciones de asistencia médica colectiva de Montevideo y FEPREMI.

 

En documento adjunto puede accederse  al acta del  25 de julioi 2021.

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