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10 de January del 2021 a las 09:15 -
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Un estafador contumaz como Alejandro Dávila Laborda marchó a la cárcel pero sería la punta de una madeja..
La Fiscalía a cargo de la Dra. Andrea Mastroianni continúa la investigación habiendo incautado sus teléfonos celulares
La Fiscalía a cargo de la Dra. Andrea Mastroianni continúa la investigación habiendo incautado sus teléfonos celulares

En Sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 4º Turno de Mercedes, a cargo del Juez de Feria Dr. Daniel Píriz, asistido por el receptor Gonzalo Paitta, a solicitud de la Fiscalía Departamental de 2º Turno de Mercedes, representada por su titular la Dra. Andrea Mastroianni (foto 1), se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado, en la causa que se le sigue a Alejandro Dávila Laborda, quien en la oportunidad fue asistido legalmente por la Dra. Ana Echeverría (foto 2), integrante de la Defensoría Pública.

 

LOS HECHOS Y LA FORMALIZACION

La Fiscalía a través de la Dra. Mastroianni informó que el imputado indujo a error a tres víctimas utilizando engaños artificiosos para procurarse a sí mismo un beneficio en daño del otro y asimismo se apropió de un auto y una moto que fueron confiadas con obligación de restituirlas convirtiéndolo en su provecho.

Con fecha 16 de setiembre 2020 una víctima, masculino, radicó denuncia que con fecha 1 de setiembre efectuó giro por Abitab por $ 7.000, ya que habían acordado que Dávila compraría unas mesas y sillas para el templo de la iglesia en que es pastor y al día de la denuncia el imputado no había enviado lo acordado.

El mismo día que le realizó el giro, Dávila le solicitó que le prestara dos garrafas de 13 kilos, las que le devolvería a la brevedad, lo que al día de la denuncia tampoco había hecho. Avaluó todo la víctima en $ 12.000

Una de las garrafas la vendió en $ 1.500 menos $ 300 de flete le quedaron $ 1.200 y la otra la mandó con otra persona al distribuidor de supergás que se la compró en $ 1.500, en uno de los casos se le solicitó copia de la cédula de identidad que el fletero le dijo que después se la arrimaba, a lo que le creyó porque es cliente hace años del comercio, considerándose por parte de la Fiscalía que se hizo toda una estratagema por parte del imputado para quedarse con los objetos y comercializarlos.

En agosto de 2019 el imputado Dávila le manifestó a otra víctima que podía sacar un préstamo a través de la aplicación de la empresa Pronto, que era todo legal solicitándole su cédula para realizar el trámite convenciéndola para ello. Con fecha 19 de agosto próximo a las 10.30 horas Dávila se comunica con la víctima, la que le manifiesta su intención de desistir del trámite, insistiendo el imputado que estaban los papeles prontos y era sólo firmar, pasándola a buscar en un automóvil blanco minutos más tarde en compañía de un masculino de nombre Sebastián quien a la fecha no ha podido ser identificado, llevándola a la empresa Pronto de Rodó y Colón esperándola en el vehículo ambos por Rodó y 18 de Julio. La víctima recibió el préstamo de $ 20.000 y subió al vehículo, momento en el que ambos le exigen que entregue el 50% del préstamo, lo que hace la víctima, entregándoles $ 10.000 diciéndole Sebastián que “nada se hacía gratis”.

Dávila se contactó con la hija de la víctima anterior por intermedio de ésta, la que le pasó sus datos personales para que tramitara una solicitud de crédito. Dávila en compañía de otro masculino la pasó a buscar con un papel con información falsa de lo que tenía decir sobre la antigüedad que tenía en su trabajo. Al llegar al local de la empresa Pronto la víctima ingresó y no dijo lo que le había expresado el imputado si no que preguntó si podía gestionar un préstamo paralelo al que ya tenía y le dijeron que sí, retirando $ 40.000. Se retiró dirigiéndose al vehículo donde la esperaban Dávila y el otro masculino y le preguntaron cuánto había retirado, diciendo la víctima que no dijo lo que le había expresado Dávila y que lo había hecho a su manera retirando $ 30.000. Le exigieron que entregara la mitad, a la víctima le dio miedo y les dio $ 15.000.

Posteriormente con fecha 5 de agosto, otra víctima, masculino, suscribió compromiso de compraventa de vehículo automotor Volkswagen Gol matrícula B 526855 con Francisco Ramón Bueno y surge de la cláusula del precio del referido documento el mismo se integró como parte de pago del cheque de Banco Santander serie 65 Nº 319359 emitido por Jonathan Uribarri Caballero en Montevideo el 13 de julio 2020, pagadero desde el 13 de setiembre 2020 como surge al anverso del mismo cheque fue endosado por el imputado Dávila. La entrega del referido cheque se hizo por parte de Bueno estando presente el imputado Dávila. Presentado el cheque al cobro le fue devuelto por falta de fondos, no pudiendo el denunciante recuperar dicho vehículo.

Con fecha 18 de agosto 2020, la víctima, también masculino, suscribió compromiso de compraventa con el imputado Dávila por la compra de un automóvil marca Chevrolet Monza matrícula AAA 8198 por la suma de $ 85.000, entregado el vehículo, el imputado no había cumplido lo acordado ni había restituido el vehículo, la víctima vio un anuncio en la red social Facebook donde estaba publicado para la venta el referido vehículo.

Con fecha 20 de octubre 2020, la víctima, también masculino, radicó denuncia contra el imputado, porque el 5 de setiembre alrededor de las 20.47 horas, realizó giro por Redpagos por $ 3.500 y el 8 de setiembre otro giro por $ 3.500 por cuanto compraría una moto que el imputado le había ofrecido en venta y el día de la denuncia no le había enviado lo acordado ni devuelto el dinero, avaluando en $ 7.000.

Con fecha 20 de diciembre 2020, concurrió al domicilio de la víctima, masculino, acordándole Dávila comprarle la moto Yumbo Max matrícula KMH 705 por $ 22.000 entregando la víctima la moto mientras el imputado le dijo que retiraría la plata del banco y le iría a pagar y al día de la denuncia el imputado no le había pagado la suma convenida ni le reintegró la moto.

Tras la enumeración de estos hechos por parte de la Fiscalía, y que la Defensa manifestó haber tenido acceso a la carpeta investigativa, el Dr. Píriz procedió a formalizar a Dávila por reiterados delitos de estafa y dos delitos de apropiación indebida, todos ellos en régimen de reiteración real.

LA ACUSACION Y CONDENA

En una audiencia en la que Dávila jugó un papel de “víctima” que generó malestar en todas las partes tanto en el Magistrado que presidía la audiencia como en la Fiscalía y en su propia Defensa, llegando en determinado momento a poner en duda la firma del acuerdo para transitar el proceso abreviado que había firmado en forma libre y voluntaria, que le permitía acceder a una pena por un lado de prisión efectiva y otra parte de libertad a prueba con determinadas condiciones, o mantener su derecho a juicio oral, exponiéndose a una eventual prisión preventiva que seguramente solicitaría la Fiscalía y que llevaría a que la pena al final del proceso fuera totalmente de cumplimiento efectivo. Se llegó en determinado momento a realizar una pausa y que la Dra. Echeverría saliera de sala con Dávila para que definiera que quería, porque estaba dejando mal parada a la propia defensora, a la Fiscalía en una situación incómoda, poniendo dudas sobre un acuerdo al que había accedido conociendo y siendo debidamente asesorado como se dijo en sala de los alcances del mismo, inclusive como se lo explicó el propio Dr. Píriz cuando lo interrogó sobre si estaba de acuerdo con este proceso.

Tras el mal momento sufrido, la Fiscalía señaló que se había arribado de acuerdo con el imputado y la Defensa del mismo, para transitar por el proceso abreviado, por el que Alejandro Dávila Laborda debía responder como autor penalmente responsable de reiterados delitos de estafa y dos delitos de apropiación indebida, todos en régimen de reiteración real, pidiendo a la Sede se le condene por ello, a la pena de 24 meses de prisión a cumplirla de la siguiente manera: 14 meses de prisión de cumplimiento efectivo y 10 meses de régimen de libertad a prueba imponiéndosele las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por parte de la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, tres meses de arresto domiciliario nocturno en el horario de 22.00 a 7.00, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio, dos meses de prestación de servicios comunitarios a razón de un día a la semana durante dos horas diarias, cierre de fronteras durante el lapso a cumplir de libertad a prueba.

Finalmente el Dr. Píriz falla condenando a Dávila Laborda como autor penalmente responsable de infracción a la ley Penal tipificada como reiterados delitos de estafa y dos delitos de apropiación indebida, todos en régimen de reiteración real, a la pena de 24 meses de prisión que será cumplida de la siguiente manera: 14 meses de prisión de cumplimiento efectivo y 10 meses de régimen de libertad a prueba imponiéndosele las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por parte de la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, tres meses de arresto domiciliario nocturno en el horario de 22.00 a 7.00, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio, dos meses de prestación de servicios comunitarios a razón de un día a la semana durante dos horas diarias, cierre de fronteras durante el lapso a cumplir de libertad a prueba.

La sentencia fue consentida por la Fiscalía y la Defensa.

DAVILA, UN ESTAFADOR CONTUMAZ Y QUE SI ABRE LA BOCA PUEDE COMPROMETER A MUCHOS, PERO ADEMAS SUS TELEFONOS INCAUTADOS...

A principios de enero 2020, @gesor informaba del proceso judicial llevado a cabo en la Sede del Juzgado de Mercedes, a cargo de la Jueza de Feria, Dra. Carolina Olivera, en caso que a nivel policial llevó a adelante la Unidad de Investigaciones y en la parte de Fiscalía el Primer Turno a cargo de su titular la Dra. María Eugenia Rodríguez, Alejandro Dávila Laborda fue detenido junto a otro conocido delincuente aclarándose tres de las estafas que en los últimos tiempos se realizaron a diferentes comercios bajo la misma modalidad, de llamar al comercio haciéndose pasar por un cliente determinado y que pasaría un empleado por el comercio y levantaría determinada mercadería y que luego arreglaría el pago o informándole la forma de la cual lo abonaría, consumándose posteriormente la estafa ya que lo anunciado previamente no se cumplía tras entregarse la mercadería que se pasaba a buscar por el comercio.
Así se consumó el engaño en gomería de Palmitas, donde el encargado puso en conocimiento que recibió una llamada presentándose como Daniel Echeverría, manifestando ser de Soriano y que estaría interesado en comprar cuatro cubiertas tracción, medidas 295/80/22,5, que le pasara el número de cuenta bancaria, que en la tarde un empleado pasaría a levantar dichos cubiertas y que en el correr de la tarde le depositaria el dinero por concepto de la compra de las cubiertas, lo cual asciende a 1320 dólares americanos.
Posteriormente se presenta en el lugar una persona del sexo masculino quien se conducía en una camioneta VW modelo Saveiro, cabina y media, color blanco con paragolpe color negro, de la matrícula comenzada en LGA, a quien se le hace entrega de las mencionadas cubiertas, previo a firmar un vale por el valor total, el que firma con una escritura ilegible dando una dirección inexistente (Justo 1234) y un número de cédula de identidad, incorrecto.
Posteriormente en una página de facebook "Mercedes Usados" reconocen a la persona que levantó las cubiertas de la Gomeria. Tratándose de R.E.L., con profusos antecedentes judiciales.
Otro caso de modalidad similar fue por el que se presentó en Unidad de Investigaciones División Territorial 1 titular de comercio (mueblería) sito en jurisdicción de Seccional 2a. dando cuenta haber sido víctima de estafa. Agrega que el día 20 de diciembre en forma telefónica un masculino que se identificó bajo el apellido de un conocido cliente acordó la compra y retiro de mercadería desde su comercio por parte de un empleado. A posteriori un masculino retira desde sucursal sita en Mercedes un freezer. Pasados los días el encargado del local le consulta por la facturación de la mercadería constatando que no se había efectuado el depósito en su cuenta bancaria, estableciendo mediante averiguaciones que su cliente habitual no había sido quien le pidió retirar el freezer, por lo que ha sido víctima de estafa. Avaluó en $ 8.700.
Un tercer caso que en su momento fue denunciado corresponde a un lavarropas de un comercio de Dolores, también en modalidad similar.
De acuerdo a la labor llevada adelante por la Unidad de Investigaciones de Mercedes, en conjunto con la Fiscalía de Primer Turno a cargo de su titular Dra. María Eugenia Rodríguez, se logran reunir elementos que permiten determinar que estaban detrás de la maniobra conocidos delincuentes que se dedican a este tipo de delitos en diferentes modalidades de engaños.
Con datos reunidos se realizan allanamientos y a partir del testimonio de uno se logró la detención del otro, y ambos, tras acuerdo con los respectivos comerciantes engañados, en virtud de la posibilidad que ofrece el nuevo Código del Proceso Penal de resarcir el daño, conseguir frenar el proceso penal, ya que los comerciantes prefirieron recuperar el dinero del valor de la mercadería que habían perdido a que fueran condenados y fueran a la cárcel.
Por ello, en sede judicial se homologaron esos acuerdos de pago en efectivo del daño a los comerciantes y por su conducta ambos resultaron formalizados, tratándose de R.E.L, como responsable de tres delitos de estafa en régimen de reiteración real, y Alejandro Dávila Laborda como responsable de dos delitos de estafa en régimen de reiteración real, de acuerdo a la resolución adoptada por la Jueza de Feria, Dra. Carolina Olivera.
De acuerdo a lo que surge de la investigación Dávila es quien se encargaba de hacer las llamadas y L. el que pasaba a levantar la mercadería.
Cabe señalar que hay otros casos en investigación, que no se profundizaron en esta instancia, como por ejemplo el referido a una barraca de materiales de Dolores con una estafa que supera el medio millón de pesos y que la Fiscal Dra. Rodríguez que en ese momento de Feria Judicial, estaba a cargo de Mercedes, Dolores y Fray Bentos, decidió pasar a estudio de la titular de Dolores, Dra. Viviana Maqueira, cuando se reintegrara de la licencia, cosa que desconocemos si ésta profundizó.

Pero como se ve, Dávila Laborda es un estafador contumaz y además de la incautación de los teléfonos celulares surgirán seguramente algunos otros elementos que podrán ampliar la investigación que como señalara la Dra. Mastroianni a cargo de la causa en Fiscalía, pueden traer varias novedades, ya que de acuerdo a lo que @gesor viene manejándose desde hace mucho tiempo, Dávila Laborda es partícipe de algunos grupos que integran no sólo conocidos delincuentes, si no también algunos empresarios del departamento y también de la región y esa información está en poder de la Policía y de la Fiscalía, en algunos casos que están a medio resolver con algunas personas que están cumpliendo reclusión y otras que están en libertad.

LA INFORMACION POLICIAL
En relación a denuncias recibidas en Seccional 2a por estafas, con fecha 19/8/19, 1/9/2020 y por apropiación indebida con fecha 20/12/2020 en la que se establece como autor masculino de 49 años; en cumplimiento a lo ordenado, personal de seccional actuante, procedió a la detención del indagado y fue puesto a disposición judicial.
Finalizada instancia en Juzgado Letrado de Mercedes de Primer Turno se dispuso la condena respecto a A. D. L., como autor penalmente responsable de una infracción a la ley penal por “reiterados delitos de estafa y dos delitos de apropiación indebida, todo en régimen de reiteración real”, a la pena de 24 meses de prisión, pena que se cumplirá de la siguiente manera: 14 meses de prisión, de cumplimiento efectivo y 10 meses en régimen de libertad a prueba bajo las obligaciones acordadas.

 



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