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09 de April del 2020 a las 09:07 -
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Cuatro años y seis meses para quien tenía 105 plantas de marihuana en su casa e intentó sobornar a policía
Importantes cifras de dinero se encontraron en la finca que tiene 60 días para justificar y que mencionó se trata de planta de un crédito y de la venta de una camioneta
Importantes cifras de dinero se encontraron en la finca que tiene 60 días para justificar y que mencionó se trata de planta de un crédito y de la venta de una camioneta

En la sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes, se llevó a cabo la audiencia de formalización y condena de quien fuera detenido en el marco de procedimiento relacionado con más de un centenar de plantas de marihuana en finca del barrio Oeste, como desenlace de actuación policial iniciada en control de rutina de personas que se encontraban en el parque Guernica (Carrasquito) paseo costanero mercedario.
La audiencia fue presidida por la titular de la sede Dra. Ximena Menchaca, asistida por la receptora Natalia Turuani, solicitada por la Fiscalía de 2º Turno representada por su titular la Dra. Andrea Mastroianni (foto), mientras que el imputado César Sebastián Fiorito Penna de 37 años, tuvo como abogado Defensor al Dr. Javier Paz.
Abierta la audiencia, la Dra. Menchaca dio la palabra a la Dra. mastroianni quien detalló los hechos que llevaron a la detención de la mencionada persona.
De acuerdo a lo que informó la Fiscal, personal de la Seccional 1a. en recorrida de control en zona de parque Guernica se acercaron a cuatro personas que se encoentraban en una mesa, apreciándose al acercarse que uno de los masculinos se puso nervioso, guardando algo rápidamente dentro de la riñonera que tenía consigo y al acercarse aprecian que debajo de la mesa había ramas de una planta de marihuana, por lo que se procede al control de estas personas y precisamente esta persona, en el interior de su riñonera tenía una bolsa con marihuana, que posteriormente arrojó peso de 147 gramos, por lo que se le llevó a declarar. Previamete los otros tres jóvenes que estaban con él indicaron que Fiorito les suministraba gratuitamente y cuando ellos no tenían para comprar, marihuana. Cuando la Policía procedía a conducirlo hacia el móvil, Fiorito consulta a uno de los funcionarios policiales quien estaba a cargo respondiéndolole que era el Oficial M.L. por lo que Fiorito dirigiéndose a éste le expresó: "quedate con los cogollos, las plantas y la plata que tengo en la riñonera y la dejamos por ésta nomás", lo que motivó que el Oficial le realizara denuncia por intento de soborno.
A su vez concurren hasta la casa donde reside junto a su abuela, y autorizados por ésta ingresan a la finca, también se hace presente la Fiscal Mastroianni, y allí se encuentran 105 plantas de marihuana, $ 106.000 y US$ 9.000, que Fiorito argumenta que se trata el dinero de un préstamo y de la venta de una camioneta para comprar otra, por lo que se le solicita aporte las pruebas de ello para poder recuperar el dinero.
Con estos hechos, la Fiscalía solicita la formalización por un delito de producción de sustancia estupefaciente prohibida, reiterados delitos de suministro de sustancia estupefacientes y un delito de soborno especialmente agravado, todos en régimen de reiteración real.
La Defensa manifiesta que no tiene objecciones que plantear a lo solicitado por la Fiscalía en virtud que tuvo acceso a la carpeta técnica, procediendo la Dra. Menchaca a la formalización.
Vuelta a la palabra la Fiscalía, la Dra. Mastroianni informó que se había llegado a un acuerdo para transcurrir por el proceso abreviado tras aceptar los hechos por parte del imputado debidamente asesorado por el Dr. Paz, solicitando se condene a Fiorito Penna por un delito de producción de sustancia estupefaciente prohibida, reiterados delitos de suministro de sustancia estupefacientes y un delito de soborno especialmente agravado, todos en régimen de reiteración real, a la pena de cuatro años y seis meses de cumplimiento efectivo.
A su vez pidió se abriera una cuenta bancaria donde se depositara el dinero dándosele un plazo de 30 días para el condenado justificara el origen del dinero para poderle ser reintegrado, a lo que el Dr. Paz pidió se extendiera el plazo en virtud de las dificultades existentes por la emergencia sanitaria para efectuar determinados trámites a lo que accedió la Jueza Dra. Menchaca extendiéndolo a 60 días.
La Dra. Menchaca acogió el planteo de la Fiscalía y condenó a Fiorito Penna por los delitos mencionados y a la pena señalada.

INFORMACION OFICIAL: En circunstancias que personal de Seccional Primera se encontraba realizando patrullajes prevento disuasivos en zona de Parque Guernica, realiza control a un grupo de masculinos; realizando control a masculino de iniciales C.S.F.P (37) quien portaba entre sus ropas sustancia verde vegetal (planta de marihuana), mostrándose nervioso frente al procedimiento rutinario, por lo que es trasladado a dependencia policial para aclarar situación, dándose intervención de inmediato a Brigada Dptal. Antidroga.
Continuando con la investigación previa coordinación con fiscal de turno y en
cumplimiento a lo dispuesto, se concurre a finca de barrio Oeste donde se realiza
inspección ocular previa autorización de la dueña del inmueble, femenina de 88 años de edad; Una vez en el patio de la finca en mención se constata por parte de los
funcionarios actuantes, un plantío de plantas adultas de marihuana (105), de 2,5 mts de altura, procediéndose a incautar 1852 gramos de sustancia vegetal símil marihuana, como así también importante suma de dinero en moneda nacional y extranjera (dólares americanos).
Haciéndose presente Fiscal del caso Dra. S. MASTROIANNI, Jefe división Territorial I, Jefe Dependencia Seccional Primera, Jefe de Brigada Departamental Antidrogas y Policía científica realizando tareas inherentes a su cometido.
Finalizada la instancia a nivel Judicial Juzgado de Primera Instancia De 1er Turno
de Mercedes, la Sra Juez Letrado Dra Ximena MENCHACA dispuso la formalización y
condena por proceso abreviado respecto al masculino C. S. F. P. como autor penalmente responsable de “un delito de producción de sustancias estupefacientes prohibidas, reiterados delitos de suministro de estupefacientes y un delito de soborno especialmente agravado, todos en régimen de reiteración real” a la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo. 



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