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21 de May del 2019 a las 16:39 -
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Puntualizaciones del Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario
El Dr. Juan Miguel Petit realizó una serie de puntualizaciones sobre la acción de habeas corpus presentadas por el Comcar y la Cárcel de Pense, saliendo al cruce de  los cuestionamientos recibidos.
El Dr. Juan Miguel Petit realizó una serie de puntualizaciones sobre la acción de habeas corpus presentadas por el Comcar y la Cárcel de Pense, saliendo al cruce de  los cuestionamientos recibidos.

Luego que interpusiera estas dos medidas el Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario fue objeto de algunas críticas. Concretamente fue el Ministro del Interior quien había criticado  al Dr. Petit. En un comunicado público el  Comisionado Parlamentario respondió a esas críticas.

Dicho comunicado establece:

Algunos comentarios sobre nuestra tarea y acciones recientes

Días pasados presentamos una acción de habeas corpus para que se corrigieran las condiciones de reclusión existentes en el Módulo 8 del COMCAR de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.293 Código de Proceso Penal y se cerraran dos de sus sectores que consideramos inhabitables. Lo mismo hicimos para que se corrigieran las condiciones del Sector de Admisión de la Cárcel de Pense, Soriano que habíamos detectado en una auditoría. En ambos casos, en el primero de ellos de manera parcial, la Justicia –Juzgado Penal de 34avo. turno y Juzgado Penal de Mercedes– falló de acuerdo a nuestros planeos, ordenando que se corrigieran las situaciones contrarias a la dignidad humana verificadas. Más allá del trámite judicial y administrativo que sigue ahora, el Ministro del Interior, Eduardo Bonomi, criticó fuertemente nuestro accionar. Todo lo anterior me lleva a realizar los siguientes comentarios.

1.- El recurso de habeas corpus correctivo fue incorporado a nuestra legislación por el Código de Proceso Penal para que cualquier ciudadano presentara a la justicia denuncia de “condiciones de reclusión violatorias de la dignidad de la persona humana”.

2.- En nuestra tarea, constantemente presentamos a las autoridades problemas, situaciones, quejas o irregularidades que entendemos tienen que ser corregidas, atendidas o al menos estudiadas. No presentamos habeas corpus ni denuncias públicas a las apuradas ni ante la menor irregularidad que creemos detectar. Todo lo contrario, hacemos ingentes gestiones para que ellas se resuelvan mediante los mecanismos administrativos naturales y habituales. Sabemos además de los valores que están en juego al hacerse una denuncia o una acción judicial y de la delicadeza que deben tener todos los procesos de construcción institucional.

3.- El caso del Módulo 8 de COMCAR ha sido uno de los motivos de preocupación que hemos tenido desde 2015. Hemos elevado innúmeras notas sobre su situación, hemos hablado de la misma con las autoridades, realizamos relevamientos detallados que ayudaron a comprender la profunda magnitud de su anomalía e incumplimiento de derechos humanos fundamentales, elaboramos informes, hicimos presentaciones sobre el mismo en la Comisión de Seguimiento Carcelario de Poder Legislativo, hemos hablado del tema públicamente muchas veces. Ante la permanencia de su situación irregular, la flagrancia de vulneraciones de derechos, era nuestro deber accionar el mecanismo del habeas corpus como último recurso para generar cambios sobre la situación. De no haberlo hecho, pese a nuestro persistente envío de notas y planteos durante más de tres años, debería haber sido observado por incumplir con los deberes de mi cargo.

4.- En el caso del Sector de Admisión de Soriano, la presentación del recurso estuvo precedida de una visita de auditoría que realizamos el 26 de marzo, donde constatamos las muy malas condiciones de reclusión, de una nota enviada a las autoridades y de una nueva visita de verificación, presentando la acción de habeas corpus el día 30 de abril luego que la situación siguiera incambiada.

5.- Durante 2018 dijimos públicamente una y otra vez, tanto en ámbitos parlamentarios como académicos y públicos, que el habeas corpus correctivo era una fenomenal herramienta de transformación y que era nuestro deber usarla y nuestra responsabilidad hacerlo con cuidado y ubicación. Más aún, presentamos 3 acciones –una por educación en el COMCAR, otra por la situación de los calabozos de seguridad en el Penal de Libertad, otra por las condiciones del Módulo 2 de Canelones– en las cuales se llegaron a realizar acuerdos con nuestros demandados y contrapartes institucionales, la que dieron lugar a positivas acciones en el ámbito penitenciario, habiendo todavía temas abiertos para seguimiento de esos documentos judicializados.

 6.- El día 12 de abril me reuní con el Ministro Eduardo Bonomi en su despacho –encuentro realizado a pedido mío, cosa que le solicito periódicamente para analizar la realidad penitenciaria– en la que le comenté que iba a seguir presentando habeas corpus sobre las peores condiciones de reclusión. Me informó escuetamente que se venía trabajando en una reorganización del COMCAR basada en cuatro grandes unidades internas y me comentó algunos aspectos sobre la seguridad del mismo. Ni del Ministerio del Interior ni del INR tuve detalles ni contenidos programáticos de esa reorganización. En ningún momento, ni durante ni luego de la reunión, me pareció que esa reorganización anunciada, debiera seguir demorando nuestra intervención sobre situaciones que de manera evidente y continuado afectaban negativamente a las personas privadas de libertad. Cabe anotar que casi nunca tuve respuesta a los informes y planteos que presenté por escrito –hechos desde 2016, pero en particular en octubre pasado y en febrero de éste año– sobre el módulo 8, ni sobre su situación ni sobre las medidas que propuse para enfrentar tan grave contexto.

7.- Lejos de ser un obstáculo para las políticas que se implementen para cambiar la gestión del COMCAR y el Módulo 8, el recurso de habeas corpus y su consiguiente sentencia son una clave para conseguir recursos. Por un lado, recordemos que la acción se presenta “al Estado uruguayo, en la persona del Ministerio del Interior y el Instituto Nacional de Rehabilitación”, lo que implica que diversos organismos y carteras ministeriales deberían ser convocados para implementar acciones en el ámbito penitenciario (ASSE, MIDES, CODICEN, UTU, INEFOOP, etc.). Además, si el INR no tiene recursos para obras, logística o contrataciones, la sentencia es la clave de acceso a recursos para las transformaciones que se anunciaron y recibieron en la sentencia. El eventual problema de “carencia de fondos” planteado por el Ministerio del Interior tiene su solución legal ya prevista en el TOCAF (Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado) que, en su artículo 15, establece la facultad de “comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible cuando se trate del cumplimiento de sentencias judiciales” .El artículo 15 de la Ley N° 19.535 de 29/set/017 establece “El Poder Ejecutivo podrá comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, cuando se trate del cumplimiento de sentencias judiciales….”. Por lo expuesto, la norma legal habilita a comprometer los gastos requeridos y la Contaduría General de la Nación deberá habilitar tales créditos (autorización para gastar). Esta norma ha sido aplicada numerosas veces. Es de resaltar que la propuesta de reorganización y su plazo de cumplimiento al 30 de septiembre próximos fueron planteados por el Ministerio del Interior, según surge de la sentencia, por lo que no habría inconvenientes para su logro.  Cabe anotar que muchos sectores del sistema penitenciario, también con recursos muy acotados, logran muy buenos contextos de convivencia.

8.- Tengo una muy buena opinión –que he expresado y seguiré expresando- sobre la reforma penitenciaria iniciada en lo fundamental luego de 2010. Creo que la misma es un hito en nuestra historia penitenciaria que sienta bases muy importantes en el desarrollo de un nuevo modelo de atención. No obstante eso, mi tarea es bregar para que se superen condiciones que todavía son, en buena parte del sistema, totalmente inadecuadas o constituyen condiciones de reclusión contrarias a la dignidad de la persona humana. La críticas que me ha hecho el Ministro Bonomi, en nada hacen cambiar mi buena opinión sobre estos logros, ni tampoco la estima que tengo para él como persona, generada luego de múltiples reuniones de trabajo donde conversamos y discutimos muy largamente sobre los temas que nos son comunes y sobre los que tenemos mandatos y roles diferentes.

9.- Tengo un enorme respeto por mis contrapartes del Instituto Nacional de Rehabilitación. Se que mucho trabajan para superar las peores condiciones de reclusión, incluso las del Módulo 8. Como suelo expresar llevan adelante una perspectiva clara de derechos humanos, fomento de buenas prácticas y combate a la corrupción y los malos tratos. También valoro la tarea de muchísimos de sus funcionarios, comprometidos con su trabajo: diariamente sostienen la convivencia y están en la primera línea de trabajo de los derechos humanos.

10.- No obstante lo anterior, sigue habiendo carencias muy graves en el sistema que es mi obligación señalar, denunciar y luchar por todos los medios a mi alcance para que sean cambiadas. Con respeto, con cuidado y sin considerar que nuestra tarea sea más importante que la de otros actores. Hay situaciones que venimos denunciando por años. Hemos planteado desde mesas de diálogo hasta las medidas más concretas. La incorporación del habeas corpus correctivo es todavía una novedad en nuestro derecho. Es nuestra obligación usarla para las situaciones que consideramos extremas y que están dañando la vida, ya sean casos individuales o colectivos. No hacerlo sería faltar al deber que juré ante la Asamblea General a la cual me debo.

20 de mayo 2019

 



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