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31 de October del 2018 a las 05:04 -
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Olímpico y Los Colores sólo pueden ser descalificados en el Apertura, así lo determinó la Convención de la Liga
El máximo órgano de la Liga Departamental de Fútbol estableció el alcance de la frase ¨Campeonato en curso¨ limitándola a la fase que está en juego, el Tribunal no tuvo en cuenta la modificación de la norma
El máximo órgano de la Liga Departamental de Fútbol estableció el alcance de la frase ¨Campeonato en curso¨ limitándola a la fase que está en juego, el Tribunal no tuvo en cuenta la modificación de la norma

El viernes 10 de noviembre 2017 se realizó la Convención de la Liga Departamental de Fútbol de Soriano, es decir la máxima autoridad según los Estatutos de la institución.
Es el órgano que, entre otras facultades tiene la de modificar los Estatutos y Reglamentos de la entidad.
En esa ocasión se presentó una ponencia por parte de la Divisional B que establecía: "Proponer como medida complementaria a la regla, que se considere como CAMPEONATO EN CURSO, la Fase que se está disputando al momento de producirse la sanción que nos ocupa, por considerarla más justa y efectiva. Es de aplicación al art. 36 en los incisos 4.1.1, 4.1.2, 4.2.2 y 4.2.3.
En su exposición de motivos señalaba: "Se adjunta escrito y fotocopia de informe de la Comisión de Reglamentos, en caso consultado por la Divisional B con relación al tema de adjudicación de puntos perdidos por disposición del Tribunal de Penas dado que se están disputando campeonatos por fases clasificatorias y ya que el Tribunal de Penas aplica el reglamento de esta Liga, estableciendo que la quita debe hacerse a la finalización del campeonato. En el referido informe (05 mayo 2017) la Comisión de Reglamentos decía "esta Comisión entiende que el campeonato es uno solo, el cual se integra con distintas fases, sin perjuicio de que entendemos que prevalece la REGLAMENTACION DE OFI sobre la de nuestra Liga cuando hay discordancia entre ambas, de acuerdo al art. 2° del Código de Penas, parte general del reglamento de OFI, quedaría clara la aplicabilidad de estos reglamento incluso el sub título "Ambito de aplicación de este código". De acuerdo a los artículos reglamentarios aplicables esta Comisión entiende que: 1) se debería adecuar los mismos para evitar las incompatibilidades que al momento existen. 2) Teniendo en cuenta que lo establecido por OFI prevalece y es de aplicación a todas las Ligas afiliadas: a) surge claramente que ante la diferencia de criterios entre la Liga y lo establecido por el Código de Penas del Tribunal de OFI, es de aplicación este último, como por ejemplo en el art. 3° (infracciones de origen colectivo) se establece que la quita de puntos cuando se decreta se debe hacer en el que se produce. Asimismo se considera que mientras se estudia la adecuación planteada se puede aplicar lo establecido en el art. 36 del Estatuto de esta Liga como medida transitoria por el año, hasta tanto sea modificado en Convención. Este artículo da la posibilidad al Consejo Directivo a dictar una norma transitoria para que luego en Convención se pueda refrendar y dejar como definitivo lo resuelto".
Puesta a votación es APROBADO. Afirmativo por unanimidad.
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Esto significa que el informe realizado por tres integrantes del Tribunal de Penas en cuanto a interpretación de la norma es equivocado, ya que la Convención de la Liga Departamental de Fútbol ya estableció que la frase CAMPEONATO EN CURSO se refiere a la fase que se está disputando en el momento de producirse la sanción, es decir en este caso, la descalificación de Con Los Mismos Colores y Olímpico, no corresponde al Competencia, si no al Apertura y por lo tanto, sí perderían el partido entre ambos como responsables de los incidentes, y también perderían el último partido del Apertura que ambos tienen pendiente de disputar, pero en el Clausura jugarían desde el inicio junto a los otros ocho equipos. Esto no admite dudas, es algo que seguramente los integrantes del Tribunal de Penas desconocían que se había interpretado por la Convención de la Liga Departamental y por lo tanto lo interpretaron ellos a su manera cuando el máximo órgano de la Liga ya lo había hecho. Ante esta constatación, los propios integrantes del Tribunal de Penas deberían reparar su error y evitar todo el daño que significaría la apelación de las instituciones que han mencionado lo harán, y que generaría perjuicio para la propia Liga y los clubes, sería una cuestión de hombres de bien el reconocer el desconocimiento de este cambio en la norma.



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