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La Comisión de Constitución y Códigos, en su última reunión, aprobó el proyecto de ley por el que se regula la publicidad oficial, iniciativa que figura en el orden del día de la sesión citada para este martes.
El objeto de la ley es reglamentar la producción, planificación, contratación, distribución y asignación de la publicidad oficial en cualquier medio, servicio o plataforma tecnológica.
Las disposiciones de esta ley obligan a todas las personas públicas, estatales y no estatales, nacionales, departamentales y municipales, así como a las sociedades comerciales cuyo capital sea un 50% o más.
En el artículo de las prohibiciones se establece que no se podrá utilizar publicidad oficial como subsidio encubierto para beneficiar directa o indirectamente a medio de comunicación alguno, como tampoco utilizarla con fines propagandísticos de los partidos políticos o hacer referencia a sus campañas electorales.
En otro orden, se establece que la contratación de publicidad oficial se regirá, entre otros, por los principios de interés general, veracidad, imparcialidad, objetividad y claridad en el mensaje.
Para la contratación de publicidad oficial en los medios se deberá utilizar la licitación pública u otro procedimiento competitivo, siempre que se cumpla con lo establecido en el TOCAF.
En la iniciativa se establece, además, que toda contratación de publicidad oficial deberá realizarse mediante decisión fundada del jerarca del organismo o quien ejerza facultades delegadas, indicando las disposiciones legales y criterios en que se funda.
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