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08 de June del 2018 a las 07:19 -
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Seis meses de cárcel y doce de libertad vigilada con tareas comunitarias por homicidio culpable a conductor de camioneta
Se trata de quien conducía camioneta en Ruta 2 el 8 de febrero y volcó manejando alcoholizado, en vehículo que no estaba en condiciones y llevando de tiro una zorra y otro vehículo, muriendo un compañero de trabajo
Se trata de quien conducía camioneta en Ruta 2 el 8 de febrero y volcó manejando alcoholizado, en vehículo que no estaba en condiciones y llevando de tiro una zorra y otro vehículo, muriendo un compañero de trabajo

En sede del Juzgado Letrado de 4° Turno de Mercedes se llevó a cabo audiencia en el marco de acuerdo por proceso abreviado, a cargo de la Jueza subrogante Dra. Lorena García Rodríguez (foto), asistida por el receptor Alvaro González.
La audiencia fue solicitada por la Fiscalía Departamental de 1er. Turno subrogante Dra. Stella Alciaturi, tras la formalización que se realizara el 10 de abril, en el caso referido a la muerte de José Benedetti ocurrida en siniestro de tránsito ocurrido en Ruta 2 el 8 de febrero de 2018 en los hechos que narramos a continuación a partir del relato realizado por la Fiscalía, para solicitar la condena del indagado Juan Giglio, cuya Defensa fue asumida en forma particular por el Dr. Javier Paz.

LOS HECHOS
En la mencionada fecha alrededor de las 18.30 horas a la altura del km 233 circulaba la camioneta Ford F100 conducida por Juan Giglio, que era acompañado por José Benedetti y Nicolás Correa, trayendo de tiro una zorra cargada de madera.
En sentido contrario se encontraba estacionado un vehículo con matrícula argentina, en el que viajaba una pareja de turistas argentinos. En ese momento habían sufrido desperfecto por lo que solicitaron auxilio mecánico y hacía alrededor de una hora que estaban aguardando. Giglio detiene la marcha y se ofrece a llevarlos de tiro hasta la estación Ancap en accesos a Mercedes, cosa que aceptan.
Giglio ata el automóvil con una cuerda a la zorra que traía la carga de madera y retoman la marcha.
En determinado momento, la camioneta comienza a zigzaguear vuelca y arrastra a la zorra, cortándose la cuerda que remolcaba el automóvil y como venía apagado los frenos de éste no funcionaron y siguió alrededor de 200 metros hasta detenerse.
Dentro de la camioneta, como acompañante de Giglio, que conducía, viajaba José Benedetti (careciendo de cinturón de seguridad) de 65 años, mientras que en la parte posterior lo hacía Nicolás Correa.
A raíz de las lesiones sufridas, fallece José Benedetti, en tanto que Nicolás Correa resulta con lesiones inhabilitantes durante 15 días.
Fiscalía en su informe detalló que la zorra no estaba habilitada para circular por la ruta, que la camioneta tampoco estaba en condiciones de circular por la ruta debido a la notoria falta de mantenimiento confirmada por informe de accidentodología vial y a su vez, indicó que habían consumido en la tarde 7 litros de cerveza, la espirometría de Giglio dio 2.27 grs y Giglio no estaba habilitado para conducir.

LA ACUSACION
Fiscalía consideró que el resultado fatal del siniestro fue debido a las imprudencias y negligencias mencionadas.
Por todo lo aquí mencionado, la Fiscal Dra. Alciaturi solicitó condenar a Juan Giglio Echeverría por un delito de homicidio culpable de acuerdo al art. 314, a 18 meses de prisión a cumplirse: 6 meses de prisión efectiva y 12 meses de libertad vigilada por la OSLA, debiendo cumplir con 2 horas diarias de tareas en beneficio de la comunidad todos los días y la prohibición de conducir vehículos automotores.
La Defensa consultada por la Jueza señaló que la Fiscalía realizó una correcta relación de los hechos y encuadró legalmente la solicitud, por lo que se allanó a la solicitud de la Fiscalía y pidió a la magistrada que se hiciera lugar al planteo de la Fiscal.
Por su parte el imputado aceptó lo hechos, dijo que los entendía y aceptaba el acuerdo sin imposición de ningún tipo.
Teniendo en cuenta ello lo narrado, la Dra. García Rodríguez recogió el planteo de la Fiscalía y condenó a Juan Giglio Echeverría por un delito de homicidio culpable, cumpliéndose la pena de acuerdo a lo mencionado más arriba.

 



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