agesor
. . . . .

Municipio de Dolores
Actividades del Diputado Martín Melazzi
Centro Profesionales Mercedes
coopace
edil José Lavista - Partido Nacional
Diputada María Fajardo
Edil Raúl Morossini
Edil Luciano Andriolo Guyman
Proyecto memoria
andres centurion edil partido colorado
Bancada del Frente Amplio
Israel Acuña - Edil del Partido Nacional
kechu fletes
@gesor es de acceso completamente gratuito para nuestros lectores, pero si quieres apoyar nuestro trabajo con un donativo, te damos dos opciones, la primera de un único pago de U$S2 (dolares americanos dos) o la segunda con una suscripción de U$S1 (dolares americanos uno) por mes, la que puedes realizar en pagos mensuales o un pago anual.

El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Pago
Opciones de suscripción
Si quieres colaborar con un monto distinto, por favor contacta con info@agesor.com.uy indicando el monto con el que quieres colaborar y te haremos llegar el formulario de pago.
MonedaCompraVenta
38.05 41.05
0.05 0.35
7.23 9.23
40.54 45.39
El Observador El Pais La Juventud La Diaria La Republica El Telegrafo
.
Síguenos Síguenos Canal Instagram
20 de May del 2017 a las 10:38 -
Tweet about this on Twitter Share on Facebook Share on LinkedIn Pin on Pinterest Email this to someone
Jueza Rieiro absolvió al gral.  (r) Raúl Mermot
Jueza Rieiro absolvió al  ex  comandante  en jefe  del Ejército denunciado por apología de  la tortura.
Jueza Rieiro absolvió al  ex  comandante  en jefe  del Ejército denunciado por apología de  la tortura.

 La Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal de 9º Turno, Dra. Blanca Rieiro, absolvió al gral. (r)  Raúl Mermot, rechazando la solicitud del Fiscal Letrado Nacional de 21º Turno, Dr. Pablo Rivas, quien solicitó su procesamiento por apología de hechos pasados (art. 29 ley 18.026) agravada por haberse ejecutado a través de medios de comunicación.

 El militar expresó ante medios de prensa “que se puede dejar a una persona detenida un tiempo prudencial hasta que se canse y pueda hablar”. La magistrada entendió que el denunciado “no ensalza, no realiza una manifestación subjetiva expresando estar de acuerdo con tales conductas aberrantes, no se vislumbra la voluntad incondicionada de efectuar el tipo penal” agregando que “no actuó con ánimo de difundir los lamentables y tristes hechos ocurridos en la dictadura militar”.

Más adelante agrega que “el denunciado en la citada publicación no manifestó estar de acuerdo con la tortura o con los apremios físicos que refiere, realizó una comparación que puede calificarse de innecesaria, inadecuada, pero no ilegal”.

Y concluye: “tratándose la denuncia de un presunto delito efectuado por un medio de comunicación, al no existir certeza de la culpabilidad no se puede dictar una sentencia de condena y lo que se impone en virtud de los principios más caros del Derecho Penal, es la absolución del denunciado”.

 

(*) foto  extraída  de Subrayado.

Archivos complementarios de la noticia:



(1930)

A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres

AGESOR - Soriano - Uruguay // (todos los derechos reservados )

powered by: Daniel Castro 2024
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux