agesor
. . . . .

Municipio de Dolores
Actividades del Diputado Martín Melazzi
Centro Profesionales Mercedes
coopace
edil José Lavista - Partido Nacional
Diputada María Fajardo
Edil Raúl Morossini
Edil Luciano Andriolo Guyman
Proyecto memoria
andres centurion edil partido colorado
Bancada del Frente Amplio
Israel Acuña - Edil del Partido Nacional
kechu fletes
@gesor es de acceso completamente gratuito para nuestros lectores, pero si quieres apoyar nuestro trabajo con un donativo, te damos dos opciones, la primera de un único pago de U$S2 (dolares americanos dos) o la segunda con una suscripción de U$S1 (dolares americanos uno) por mes, la que puedes realizar en pagos mensuales o un pago anual.

El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Pago
Opciones de suscripción
Si quieres colaborar con un monto distinto, por favor contacta con info@agesor.com.uy indicando el monto con el que quieres colaborar y te haremos llegar el formulario de pago.
MonedaCompraVenta
38.05 41.05
0.05 0.35
7.23 9.23
40.54 45.39
El Observador El Pais La Juventud La Diaria La Republica El Telegrafo
.
Síguenos Síguenos Canal Instagram
17 de January del 2013 a las 11:28 -
Tweet about this on Twitter Share on Facebook Share on LinkedIn Pin on Pinterest Email this to someone
Comenzó a regir la Ley Nº 19.039
El Banco de Previsión Social emitió un comunicado recordando que entra en vigencia la Ley que beneficia a las víctimas de  delitos violentos. Por tal motivo la institución recibe las solicitudes en todas las dependencias del país.
El Banco de Previsión Social emitió un comunicado recordando que entra en vigencia la Ley que beneficia a las víctimas de delitos violentos. Por tal motivo la institución recibe las solicitudes en todas las dependencias del país.

Dicho comunicado recuerda que “a partir del  miércoles 16 de enero,  está vigentela Ley Nº 19.039, por la que se crea el beneficio de Pensión a las Víctimas de Delitos Violentos cuyo monto asciende a $ 15.588.00.

Si bien aún no ha sido dictada la reglamentación respectiva, corresponde destacar que la mencionada Ley establece un plazo especial de presentación para las víctimas de Delitos Violentos por hechos generados dentro de los diez años anteriores a la fecha de entrada en vigencia de esta ley – 16 de enero de 2003 – debiéndose  solicitar el beneficio dentro del plazo perentorio de 180 días posteriores a su vigencia – 16 de julio de 2013.

Desde el pasado día 7 de enero, el Banco de Previsión Social recibe en sus dependencias de todo el País, las solicitudes  de aquellas personas que entiendan estar comprendidas,  a efectos de la reserva del derecho generado.

A esos efectos deberá tenerse en cuenta que tienen derecho al mencionado beneficio las víctimas de delitos de rapiña, copamiento o secuestro siendo los beneficiarios:  El cónyuge o concubino y los hijos menores de víctima de homicidio.

Los hijos de víctima de homicidio, mayores de dieciocho años que estén incapacitados para todo trabajo.

Las personas que resulten incapacitadas para todo trabajo remunerado por haber sido víctima de alguno de los delitos referidos.

La documentación exigible para el otorgamiento de esta prestación está constituida por partida de defunción, documentos policiales o judiciales que acrediten la existencia de una rapiña, secuestro o copamiento, documentación médica que acredite incapacidad en su caso”. 



(1805)

A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres

AGESOR - Soriano - Uruguay // (todos los derechos reservados )

powered by: Daniel Castro 2024
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux