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29 de December del 2012 a las 01:16 -
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Otra vuelta
Expediente con la reserva del boleto para enajenar el terreno donde se instalará la aceitera, volvió a Comisión  para  su estudio.
Expediente con la reserva del boleto para enajenar el terreno donde se instalará la aceitera, volvió a Comisión para su estudio.

Volvió a Comisión el expediente  donde la Intendencia pedía la anuencia para suscribir la reserva para enajenar el terreno donde se instalará la  empresa Cereoil.

Como se sabe esta empresa pretende instalar una planta aceitera en la zona de Agraciada.  Mediante el expediente 478, la Intendencia pedía la anuencia a la Junta para suscribir el boleto de enajenación de este terreno.

En la sesión extraordinaria del viernes la Junta Departamental, a instancias del edil Luis Rico (PN) votaron la vuelta a comisión de este expediente para estudiarlo detenidamente

 

La  iniciativa  estipula que:

a)     Objeto: Enajenación de Padrón Rural Nº 4264 ubicado en la 4ª Sección Catastral de Soriano, paraje Playa de la Agraciada.

b)     Precio: Según Tasación de Dirección Nacional de Catastro obrante en este Expediente, equivalente a 27:949.526 Unidades Indexadas.

c)     Obligaciones de la futura parte compradora: I) pagar el precio; II) presentación de los permisos y habilitaciones que de acuerdo a la normativa vigente sean obligatorios para el emplazamiento y construcción de los proyectos a desarrollarse por la futura compradora; III) presentación del proyecto definitivo para la construcción de un Complejo Hotelero en el predio de estancia Ordoñana; IV) presentación del proyecto definitivo para la recuperación e instalación de un Museo en la estancia Ordoñana y V) presentación del proyecto definitivo para la construcción de un parque – paseo histórico cultural a emplazarse entre la playa de la Agraciada y el histórico higuerón. El otorgamiento de la escritura definitiva quedará supeditado a la efectiva aprobación de los proyectos antes relacionados. En cuanto al plazo para la ejecución de las obras proyectadas será oportunamente establecido en la compra-venta definitiva.

d)     Plazo del Boleto de Reserva: 24 meses a partir de su suscripción.

Todas las estipulaciones antes mencionadas, son sin perjuicio de las demás cláusulas de estilo que se establecerán en el boleto de reserva correspondiente.

 

 

 

Cabe mencionar que en dicho padrón, CEREOIL URUGUAY S.A. tiene proyectado la instalación de un Complejo Agroindustrial Aceitero, debiéndose destacar la ubicación estratégica que el citado emprendimiento posee para el Departamento y el País, en tanto en un radio de 200 kilómetros a la redonda, se produce aproximadamente el 68% de la soja producida en el Uruguay. La planta, una vez instalada, estima procesar aproximadamente el 35% de la producción nacional sojera proyectada para el año 2015.

 



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Volvió a Comisión el expediente  donde la Intendencia pedía la anuencia para suscribir la reserva para enajenar el terreno donde se instalará la  empresa Cereoil.

Como se sabe esta empresa pretende instalar una planta aceitera en la zona de Agraciada.  Mediante el expediente 478, la Intendencia pedía la anuencia a la Junta para suscribir el boleto de enajenación de este terreno.

En la sesión extraordinaria del viernes la Junta Departamental, a instancias del edil Luis Rico (PN) votaron la vuelta a comisión de este expediente para estudiarlo detenidamente

 

La  iniciativa  estipula que:

a)     Objeto: Enajenación de Padrón Rural Nº 4264 ubicado en la 4ª Sección Catastral de Soriano, paraje Playa de la Agraciada.

b)     Precio: Según Tasación de Dirección Nacional de Catastro obrante en este Expediente, equivalente a 27:949.526 Unidades Indexadas.

c)     Obligaciones de la futura parte compradora: I) pagar el precio; II) presentación de los permisos y habilitaciones que de acuerdo a la normativa vigente sean obligatorios para el emplazamiento y construcción de los proyectos a desarrollarse por la futura compradora; III) presentación del proyecto definitivo para la construcción de un Complejo Hotelero en el predio de estancia Ordoñana; IV) presentación del proyecto definitivo para la recuperación e instalación de un Museo en la estancia Ordoñana y V) presentación del proyecto definitivo para la construcción de un parque – paseo histórico cultural a emplazarse entre la playa de la Agraciada y el histórico higuerón. El otorgamiento de la escritura definitiva quedará supeditado a la efectiva aprobación de los proyectos antes relacionados. En cuanto al plazo para la ejecución de las obras proyectadas será oportunamente establecido en la compra-venta definitiva.

d)     Plazo del Boleto de Reserva: 24 meses a partir de su suscripción.

Todas las estipulaciones antes mencionadas, son sin perjuicio de las demás cláusulas de estilo que se establecerán en el boleto de reserva correspondiente.

 

 

 

Cabe mencionar que en dicho padrón, CEREOIL URUGUAY S.A. tiene proyectado la instalación de un Complejo Agroindustrial Aceitero, debiéndose destacar la ubicación estratégica que el citado emprendimiento posee para el Departamento y el País, en tanto en un radio de 200 kilómetros a la redonda, se produce aproximadamente el 68% de la soja producida en el Uruguay. La planta, una vez instalada, estima procesar aproximadamente el 35% de la producción nacional sojera proyectada para el año 2015.

 

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